Antes bajaron el proyecto que resuelve la acción de inconstitucionalidad 73/2019 promovida por la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México contra el artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México, sobre desalojos.
La Comisión de Derechos Humanos reclamó que este artículo trasgrede el principio de progresividad y no regresividad en materia de derechos humanos, ya que se eliminaron los derechos de una vivienda digna y adecuada, y sostuvo que los desalojos forzosos previstos en la norma son “incompatibles” con tratados internacionales no prohibir el uso de la fuerza o violencia durante el desalojo.
Mientras, el proyecto de la ministra María Estela Ríos prevé establecer que el artículo 60 de dicha ley sí prevé garantías y medios apropiados de protección legal frente a los desalojos, pues se menciona que éstos únicamente pueden llevarse a cabo mediante mandamiento judicial.
Ante la propuesta, integrantes del Frente Anti-gentrificación CdMx y Congreso Popular se manifestaron un día antes de la discusión, ya que sostuvieron que el proyecto de senencia proponía validad los “desalojos forzados”. La manifestación provocó que la Corte bajara el proyecto de sentencia y hasta ahora no se tiene fecha para su discusión.
Otro caso es el proyecto de sentencia del ministro Irving Espinosa Betanzo, en el que resuelve la constitucionalidad de una reforma sobre aborto en Aguascalientes. Ello porque en 2024 en el Código Penal del estado se redujo de 12 a seis semanas el plazo para abortar, y establece que quien lo haga después de ese periodo, será sancionado con prisión.
En el proyecto A172/2024 plantea declarar la invalidez de esta reforma estatal y menciona que debe permitirse a las mujeres y personas con capacidad de gestar interrumpir su embarazo cuando menos dentro de las primeras 12 semanas de gestación, que es antes del desarrollo de las facultades sensoriales y cognitivas.
A días de que se discutiera este proyecto, la Arquidiócesis publicó en su editorial Desde la fe acusó que el proyecto del ministro Espinosa Betanzo buscaba la despenalización total del aborto.
“El proyecto de sentencia está influenciado por una ideología muy clara, la de la cultura del descarte, para eliminar sin problema alguno al ser humano que se convierte en un obstáculo. No piensan en la mujer ni en el bebé, solo en “deshacerse de un problema de manera rápida y pragmática”, señaló la Arquidiócesis.
Mientras, organizaciones, como Católicas por el Derecho a Decidir mencionaron que esta “postergación” mantenía en incertidumbre jurídica y médica a las mujeres de Aguascalientes, quienes no pueden decidir desde que se avaló la reforma de reducir el plazo para abortar en 2024.
Otros tres proyectos que estaban generando polémica fueron retirados del listado el 19 de enero. Dos eran propuestas de la ministra Yasmín Esquivel Mossa que corresponden a amparos en revisión 424/ 2025 y 446/2025 y que propone amparar a empresas inmobiliarias, ya que la Fiscalía General de la República (FGR) aseguró inmuebles sin orden judicial.
Este caso se derivó por predios en la zona Santa Fe, de la Ciudad de México, intervenidos en 2024 sin mandato y bajo el argumento del Ministerio Público de que son propiedad de la Nación.
La ministra ponente señala en el proyecto que la FGR actuó de forma irregular al no solicitar una orden judicial como se establece en el artículo 252 de Código Nacional de Procedimientos Penales.