Aunque en 2017 entró en vigor un decreto que reformó diversas disposiciones de la Ley General de Salud para regular el uso medicinal de la marihuana y sus derivados, Carlos no pudo acceder al THC porque, hasta la fecha, la Secretaría de Salud (SSa) no ha emitido los reglamentos y la normativa correspondiente.
Es decir, que desde ese año el uso medicinal de la marihuana está permitido en la ley, pero no regulado, por lo que el máximo tribunal del país resolvió que la SSa vulneró los derechos de un menor con discapacidad al incumplir su deber.
"En ausencia de las normas que regulen el uso terapéutico de la cannabis, se imposibilita a (Carlos) acceder a un tratamiento con base en esta sustancia o cualquiera de sus derivados dentro del país; situación que, inevitablemente, resta eficiencia a su derecho a a salud", expuso la SCJN.