¿Qué aprobó el Congreso de Sinaloa?
Con 28 votos a favor, dos en contra y nueve abstenciones, el Congreso de Sinaloa —en el que el partido Morena es mayoría— aprobó diversas modificaciones a las leyes locales que permiten, según la iniciativa, la interrupción legal del embarazo hasta la semana 13 de gestación, que es superior al límite estipulado en los otros seis estados con despenalización del aborto (12 semanas).
Las reformas fueron hechas a artículos de la Ley de Salud y del Código Penal del estado. En la nueva legislación también se establece que las instituciones públicas de salud está obligadas a brindar, de forma gratuita, el servicio para la interrupción del embarazo.
"Las instituciones públicas de salud están obligadas a garantizar la oportuna prestación de los servicios y la permanente disponibilidad de personal médico y de enfermería suficiente de carácter no objetor (de conciencia) para asegurar que se preste la atención médica en la mejor de las condiciones posibles", se lee en la iniciativa.
Pero las penalizaciones se mantienen. Por ejemplo, a la mujer o persona gestante que interrumpa el embarazo después de las 13 semanas se le impondrá de uno a tres meses de "medidas integrales", mismas que corresponderá decretar a la autoridad judicial y podrán ser en materias de salud, educación o de cualquier índole.

A la persona que apoye a interrumpir el embarazo después de las 13 semanas se le impondrá de 20 a 50 días de trabajo en favor de la comunidad o de 200 a 700 días multa. Asimismo, se establece que "comete el delito de interrupción forzada del embarazo, la persona que por cualquier medio y en cualquier momento produzca o practique la finalización anticipada del proceso de gestación a la mujer o persona gestante sin su consentimiento".
El delito de interrupción forzada del embarazo podrá ser sancionado en grado de tentativa y se impondrían penas de dos a ocho años de prisión.