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Mensajes de AMLO y Villamil sobre consulta no violaron las normas, dice el TEPJF

La Sala Especializada del Tribunal Electoral determinó que las expresiones del Ejecutivo, las inserciones de La Jornada y el “tuit” de Villamil no violaron la normas de relativas a ese ejercicio.
mar 28 septiembre 2021 05:29 PM
Mesa receptor de la Consulta Popular 2021
TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, 01AGOSTO2021.- En punto de las 18:00 hrs fueron cerradas las mesas receptoras de la Consulta Popular 2021 que se realizó en toda la República Mexicana, pocas boletas se pudieron observar al momento del conteo de las mismas. FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR /CUARTOSCURO.COM

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que las expresiones realizadas por el presidente Andrés Manuel López Obrador, las inserciones publicadas en el periódico La Jornada y el “tuit” que subió Jenaro Villamil, titular del Sistema Público de Radiodifusión (SPR), sobre la consulta popular, no constituyen violaciones a las normas relativas a ese ejercicio.

En el primer caso, los magistrados determinaron la inexistencia de la violación a las normas sobre propaganda de la consulta popular, derivado de la conferencia matutina de López Obrador, realizada el 28 de junio.

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Los funcionarios señalaron que las expresiones del Ejecutivo Federal se emitieron fuera del periodo establecido en la convocatoria (durante el periodo de veda del 15 de julio al 1 de agosto).

Además, señalaron que las declaraciones de López Obrador fueron realizadas en respuesta a cuestionamientos expresos dentro de un ejercicio periodístico.

“Es inexistente la contravención a las normas sobre la Consulta Popular atribuida a los servidores públicos involucrados en la causa, por las consideraciones sostenidas en la sentencia”, indica el proyecto aprobado por mayoría de votos, con el voto en contra de la Magistrada Gabriela Villafuerte Coello.

El proyecto fue aprobado con el voto concurrente y voto razonado del magistrado Luis Espíndola Morales.

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Inserciones en La Jornada

Sobre las inserciones del periódico La Jornada, donde se difundía la consulta popular, el pleno determinó que tales publicaciones no violentaron los principios de neutralidad e imparcialidad.

“Se declara la inexistencia de la infracción consistente en el uso indebido de recursos públicos y vulneración al principio de imparcialidad y neutralidad, atribuidas a las personas precisadas en la sentencia y conforme a los términos en ella precisados”, destaca el texto.

El proyecto contó con el voto en contra de la magistrada Villafuerte y el voto razonado del magistrado Luis Espíndola.

Para los magistrados Luis Espíndola y Rubén Lara Patrón, no se violentaron los principios de neutralidad e imparcialidad.

No obstante, Gabriela Villafuerte, magistrada ponente, proponía calificar la publicación de las inserciones como “gravedad ordinaria” e imponer las sanciones correspondientes.

Mensaje de Villamil en Twitter

En el tercer caso, el PAN denunció que Jenaro Villamil, presidente del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPR), publicó en Twitter expresiones encaminadas a confundir e influir en la opinión de la ciudadanía respecto a la consulta popular.

De acuerdo al blanquiazul, Villamil compartió el 16 de julio un video del “monero” Rapé, el cual fue difundido en el programa televisivo “Radiografía electoral 2021”, que se transmite en el Canal 14 del SPR.

En el materia audiovisual se difunde la caricatura de varios expresidentes de México, con subtítulos de los presuntos hechos realizados en su sexenio y al final aparece un recuadro que se refiere a un presunto juicio político contra ellos, que se relaciona con la consulta popular.

Además, el video fue acompañado de los mensajes: #JuicioAExPresidentes¡Va! y #ConsultaPopular2021

“Se determina la inexistencia a la vulneración a las normas sobre propaganda de la consulta popular, atribuida a Jenaro Villamil”, establece el proyecto, con el voto en contra de la magistrada Villafuerte.

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