Inserciones en La Jornada
Sobre las inserciones del periódico La Jornada, donde se difundía la consulta popular, el pleno determinó que tales publicaciones no violentaron los principios de neutralidad e imparcialidad.
“Se declara la inexistencia de la infracción consistente en el uso indebido de recursos públicos y vulneración al principio de imparcialidad y neutralidad, atribuidas a las personas precisadas en la sentencia y conforme a los términos en ella precisados”, destaca el texto.
El proyecto contó con el voto en contra de la magistrada Villafuerte y el voto razonado del magistrado Luis Espíndola.
Para los magistrados Luis Espíndola y Rubén Lara Patrón, no se violentaron los principios de neutralidad e imparcialidad.
No obstante, Gabriela Villafuerte, magistrada ponente, proponía calificar la publicación de las inserciones como “gravedad ordinaria” e imponer las sanciones correspondientes.
Mensaje de Villamil en Twitter
En el tercer caso, el PAN denunció que Jenaro Villamil, presidente del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPR), publicó en Twitter expresiones encaminadas a confundir e influir en la opinión de la ciudadanía respecto a la consulta popular.
De acuerdo al blanquiazul, Villamil compartió el 16 de julio un video del “monero” Rapé, el cual fue difundido en el programa televisivo “Radiografía electoral 2021”, que se transmite en el Canal 14 del SPR.
En el materia audiovisual se difunde la caricatura de varios expresidentes de México, con subtítulos de los presuntos hechos realizados en su sexenio y al final aparece un recuadro que se refiere a un presunto juicio político contra ellos, que se relaciona con la consulta popular.
Además, el video fue acompañado de los mensajes: #JuicioAExPresidentes¡Va! y #ConsultaPopular2021
“Se determina la inexistencia a la vulneración a las normas sobre propaganda de la consulta popular, atribuida a Jenaro Villamil”, establece el proyecto, con el voto en contra de la magistrada Villafuerte.