Se precisa que la Plataforma Única de Identidad debe ser la fuente primaria de consulta permanente, que en tiempo real, se interconectará con bases de datos o sistemas de información que permitan realizar búsquedas continuas entre los siguientes registros: el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, la Base Nacional de Carpetas de Investigación, el Banco Nacional de Datos Forenses y los Registros Administrativos.
Con la reforma también queda establecido que la autoridad competente que reciba una noticia, reporte o denuncia por la desaparición o no localización de una persona, la registrará sin dilación alguna en el Registro Nacional y en la Base Nacional de Carpetas de Investigación, y remitirá por los medios disponibles a las fiscalías especializadas y comisiones locales de búsqueda una Ficha de Búsqueda, conforme al protocolo de Alerta Nacional de Búsqueda Localización, debiendo asegurarse de la recepción. En este último supuesto las fiscalías, de oficio y sin demora, deben completar el registro en la Base Nacional de Carpetas de Investigación.
De esta manera, las Ficha de Búsqueda emitidas deben difundirse de manera masiva por todos los medios disponibles entre las autoridades; se notificará al Registro Nacional de Población, con la finalidad de que se activen en la Plataforma Única de Identidad los alertamientos de usos de la Clave Única de Registro de Población de Persona Desaparecida o No Localizada, o la búsqueda de coincidencias con sus datos identificativos.
En la reforma también se hace mención que a las personas participantes del delito de desaparición que no intervinieron directamente en la privación de la libertad ni en la privación de la vida de la víctima y proporcionen información que permita la localización con vida de la víctima o conduzca a la localización del cadáver o los restos humanos de la Persona Desaparecida, se les impondrá una pena de ocho a 12 años de prisión y multa de 3,000 a 5,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
En el régimen transitorio se expone que las entidades federativas y municipios, en un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del decreto, deben armonizar la normatividad que regulen panteones, cementerios, servicios funerarios, crematorios, fosas comunes y cualquier espacio destinado a la disposición final de cuerpos humanos, ya sean instituciones públicas o privadas.
Esto para establecer al menos la obligación de llevar registros precisos, digitalizados y actualizados de los cuerpos inhumados, cremados o trasladados, indicando características físicas, ubicación exacta, fecha y medio de disposición, vincular dichos registros al Sistema Nacional de Búsqueda, conforme a los lineamientos técnicos emitidos por la Comisión Nacional de Búsqueda, y las obligaciones que permitan el cumplimiento de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
La reforma también establece la obligación para los servicios periciales y forenses de la Federación y de las entidades federativas de realizar pruebas dactiloscópicas y genéticas a cuerpos o restos humanos no identificados antes de su remisión a fosas comunes, y de registrar estos resultados en el Banco Nacional de Datos Forenses en un plazo máximo de tres días.
Voces a favor y en contra
Legisladores morenistas destacan que esta reforma se apega a los estándares internacionales y da cumplimiento a los compromisos asumidos por México ante la comunidad de naciones, las cuales obligan a las autoridades a tomar todas las medidas necesarias para buscar y encontrar a las personas desaparecidas, así como prevenir, investigar y sancionar la desaparición forzada y garantizar el derecho a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición que asiste a las víctimas.
El presidente de la Junta de Coordinación Política y coordinador del grupo parlamentario de Morena, diputado Ricardo Monreal Ávila, afirma que con la reforma, “ya no habrá más cuerpos sin nombre, ya no más incertidumbre que se prolonga por años”.