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Diputados dan más poder a Cofepris en reforma contra tráfico de precursores

Habrá penas de cárcel por 15 años por producir drogas sintéticas y hasta ocho años por importación, exportación o transportación de precursores químicos por vía postal, mensajería o paquetería.
mar 25 abril 2023 01:02 PM
cofepris
La dependencia concentrará parte de la estrategia para frenar el ingreso de precursores.

La Cámara de Diputados aprobó reformas que buscan frenar y sancionar la producción de drogas sintéticas como el fentanilo; sin embargo, centralizó toda autorización para la compra o el uso de precursores químicos a la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para Riesgos Sanitarios (Cofepris).

Las reformas a la ley Federal para el control de precursores químicos, productos químicos esenciales y máquinas para elaborar cápsulas, tabletas y o comprimidos fueron aprobadas la madrugada de este martes 25 de abril con 296 votos a favor y, 139 en contra de una parte de la oposición –menos el tricolor–, que si bien se manifestó a favor de frenar la producción de drogas sintéticas, rechazó que sea una dependencia la que concentre todo lo relacionado con el control y uso de precursores químicos.

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¿Por qué se legisló al respecto?

Aunque el fentanilo no es mencionado en la ley, es debido a la producción de esa sustancia ilegal y su tráfico y uso, que se ha desatado una crisis sobre todo en Estados Unidos, país que ha emplazado a México a poner un freno a la producción y traslado a su territorio.

En México no se reconoce su producción oficialmente, ni hay alerta por su consumo. Sin embargo, autoridades de la defensa nacional (Sedena) han reportado en diversas ocasiones el hallazgo y destrucción de laboratorios de producción de esa sustancia.

Así, los diputados retomaron una iniciativa enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador el 28 de febrero, además de propuestas de dos diputados de Morena, para fortalecer el combate al desvío del uso de precursores químicos y productos químicos esenciales para elaborar drogas sintéticas.

Por eso se modificó la ley vigente para tipificar como delitos conductas relacionadas con transportación, importación, exportación, desvío de precursores químicos, y para castigar la producción de drogas sintéticas. Las reformas aún deberán ser analizadas y aprobadas por el Senado.

¿Qué novedades tiene la reforma?

Se establece el concepto de droga sintética: “cualquier sustancia de origen sintético con efectos psicoactivos disponible en el mercado de drogas ilícitas y utilizada con fines no médicos” y considera máquinas incluso las fabricadas artesanalmente para procesar materias.

También establece el concepto de desvío como la actividad consistente en “cambiar el destino de precursores químicos, productos químicos esenciales o máquinas, para destinarlos a la producción de drogas sintéticas”

Los cambios también incorporaron a la Secretaría de Marina como una de las dependencias que deben ser notificadas sobre el transporte de precursores químicos o productos químicos esenciales.

Y las reformas borraron al Consejo de Salubridad General, organismo colegiado que reúne a autoridades, academia e industria y está previsto en la Constitución como única la entidad con funciones normativas, consultivas, ejecutivas en materia de salubridad y que puede emitir resoluciones de carácter general en todo el país.

En lugar de ese Consejo se centralizó todo en la Secretaría de Salud a través de la Cofepris.

Debido a que los precursores químicos se usan para producir medicinas necesarias y legales, la oposición alertó que podría generarse burocratismo y trabas al abasto de medicamentos; de ahí que el PAN), PRD y MC votaron en contra. Sólo el PRI votó en pro.

Se incorpora todo un nuevo capítulo séptimo “De los delitos en materia de precursores Químicos o de productos químicos esenciales” con siete artículos para establecer sanciones de multas y hasta cárcel por ilícitos relacionados.

Además, incorpora a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como instancias responsables de vigilancia y verificación.

Y se añade a la Secretaría de la Defensa Nacional, a la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y a la Guardia Nacional como coadyuvantes con las instituciones enunciadas para prevenir, detectar y evitar el desvío de precursores químicos, productos químicos esenciales y máquinas para elaborar cápsulas” con fines ilícitos.

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Súper Cofepris

Ahora se estableció que la importación o exportación de precursores químicos y productos químicos esenciales únicamente podrán realizarse por las aduanas que determine la Secretaría de Salud “previa opinión de las dependencias, así como con la verificación de dicha secretaría a través de la Cofepris”.

A la Cofepris se le da ahora la facultad de administrar un nuevo Sistema Integral de Sustancias (Sisus), una plataforma de control, registro y autorizaciones y ante la cual deberá registrarse toda actividad relacionada con el uso de precursores.

La Comisión tendrá atribuciones de poder requerir a personas físicas o morales información, documentación y datos sobre sus actividades, confirmar la veracidad de estas y coordinarse con autoridades administrativas de verificación y de seguridad pública para sus tareas.

Las penas de cárcel

Lo aprobado indica que a la persona que desvíe o haga uso de precursores químicos o químicos esenciales para producir drogas sintéticas se le impondrá de 10 a 15 años de prisión y multa por el equivalente al 10% de sus ingresos por esas actividades.

Si el responsable servidor público la pena aumentará en dos terceras partes (hasta 20 años máximo) y conlleva la destitución e inhabilitación de cinco a 10 años.

En cambio a las personas que tengan posesión precursores químicos, productos químicos esenciales o máquinas para elaborar cápsulas tabletas o comprimidos y sin autorización o permiso podrá tener de siete a 10 años de prisión y multa de 1000 a 5000 veces el Valor diario de la UMA, es decir 518, 708 pesos.

La prisión será de cinco a 10 años de prisión y multa de 5000 a 10,000 veces el UMA (1,037,400 pesos) a las personas físicas o morales que para desviar precursores químicos, productos químicos esenciales o máquinas para elaborar cápsulas usen empresas fantasmas o emitan facturas o comprobantes sin contar con los activos, personal infraestructura o capacidad material.

Las mismas penas aplicarán a las empresas y personas asociadas que sean utilizados como instrumentos para desviar precursores químicos para hacer drogas sintéticas en territorio nacional.

A quien falsifique o altere autorizaciones, permisos de importación o exportación de precursores químicos o máquinas se le castigará con ocho a 15 años de prisión y multa hasta por el equivalente del 10% del total de sus ingresos a quien para elaborar capsulas tabletas o comprimidos en el territorio nacional o bien a quien use documento falsos o alterados para introducir ilegalmente precursores químicos.

Si quien cometa esa conducta es servidor público las penas aumentarán en dos terceras partes y se le destituirá del empleo e inhabilitara de 5 a 10 años para ocupar otro.

Si el responsable importa, exporta o transporta precursores químicos o productos químicos esenciales por vía postal, mensajería o paquetería, se le impondrá de seis a ocho años de prisión y multa de 10% de sus ingresos.

Si alguien sustrae o hace uso de la información del Sisus sin autorización tendrá una pena de cuatro a siete años de prisión y multa hasta 10% de sus ingresos. Pero si el responsable es funcionario la prisión podría ser de siete años y medio y se le inhabilitará de cinco a 10 años para desempeñar otro cargo.

Además de las penas previstas se decomisarán los bienes que sean instrumentos, objeto o productos del delito

Las multas

Las reformas imponen multas y cárcel al desvío del uso de precursores químicos para producir drogas sintéticas, a quien importe o exporte precursores químicos sin autorización, falsifique permisos y otras conductas.

Las penas aumentan si hay servidores públicos involucrados y también sanciona a empresas y socios que sean usados como instrumentos para desviar precursores químicos a drogas sintéticas.

Ameritarán multas de mil a 3 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) que hoy es de 103.74 pesos, por lo que serían de 103, 704 pesos a 311,220 pesos, conductas como no notificar sobre la transportación, el uso de precursores.

O bien no solicitar autorización, no dar aviso sobre los volúmenes; no rendir informes anuales, no reportar la importación o exportación con licencia sanitaria o permiso; o bien enajenar, adquirir importar exportar o almacenar la maquinaria para dar uso a precursores químicos o no informar a la Secretaría de Economía sobre ello.

En tanto las multas serán de 3,000 a 5,000 UMAS (de 311,220 pesos a 518, 708 pesos) por infracciones como no rendir informes anuales a la Cofepris sobre las actividades reguladas por la ley, o a Semar y Secretaría de Comunicaciones sobre la transportación de precursores o químicos esenciales; no registrar su información en el Sisus o no presentar la documentación debida.

También será sancionable no resguardar los documentos por cinco años o no reportar las personas físicas o morales con las que realizan actividades reguladas

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