El veto ejercido por el mandatario fue inédito. Pero la Constitución le da esa facultad y también establece la ruta a seguir para cubrir las vacantes en el organismo.
Lo que no previó el marco legal es que no sólo hay un bloque oficialista –encabezado por Morena-y uno opositor, sino que los grupos parlamentarios también se dividieron internamente; que el Inai enfrenta el riesgo de quedar con cuatro de siete comisionados y estar impedido para sesionar y emitir actos válidos jurídicamente, y que la negociación se contamina en vísperas de la elección presidencial de 2024.
Eso “complica los acuerdos”, aseguró el coordinador de los senadores morenistas, Ricardo Monreal, quien advirtió: “no hay (perfiles) químicamente puros. Pero bueno, es un tema delicado, pero espero que reflexionen todos aquellos que se opusieron porque ahora tienen que darse cuenta que si el Senado no sale unido, como equipo, como grupo, somos muy vulnerables afuera”.
Esta alusión a la “pureza” fue objetada por el senador de Acción Nacional (PAN) Damián Zepeda, quien avaló la objeción de López Obrador.
"Si yo hubiera sido el presidente, yo hubiera vetado ese nombramiento porque no es correcto que se nombre a personas que no tengan la calificación para estar en un órgano autónomo e independiente que garantiza la transparencia y el acceso a la información", dijo en referencia a Luna Alviso, quien en la evaluación de los senadores quedó en el último lugar.
Por eso criticó que su partido haya avalado la elección de Luna, vinculado al senador Ricardo Monreal, con tal de que la oposición pusiera a la candidata que quería, es decir, a Yadira Alarcón, quien sí estaba calificada, y ocupó el tercer sitio de los 48 prospectos.
¿Qué sigue para el Inai y en qué situación está?
El artículo sexto de la Constitución regula quién nombra a los comisionados del Inai, cuántos votos se necesita, quién puede ejercer facultad de veto y cómo se deben cubrir las vacantes en ese organismo autónomo.
Establece que el pleno del Senado de la República nombra a los siete integrantes con mayoría calificada de dos terceras partes de los legisladores presentes y previa consulta a la sociedad.
Pero da la atribución al presidente de la República de objetar el o los nombramientos en 10 días hábiles posteriores.
Eso ocurrió este miércoles 15 de marzo, pues el Senado nombró el 1 de marzo a Yadira Alarcón y Rafael Luna Alviso, pero el presidente envió al Senado un escrito para vetar ambos nombramientos.
Lo que sigue está parcialmente definido también en el artículo sexto, pues prevé una nueva votación en el pleno del Senado.
Pero Monreal consideró que existe la alternativa de escoger nuevos perfiles de entre los 48 que participaron en el proceso –realizado desde 2022 pero que apenas había generado acuerdos en las dos personas objetadas- o bien convocar a un nuevo procedimiento, de cero.