¿Qué es el trámite de urgente y obvia resolución?
Es un mecanismo que consiste en permitir que un asunto (iniciativa de reforma o proposición con punto de acuerdo) sea sometido a discusión y votación del pleno de las Cámaras del congreso sin que tenga que ser remitido por la mesa directiva de alguna de éstas a la comisión correspondiente para seguir un proceso legislativo tradicional.
Esta vía normal, para el caso de iniciativa de reformas legales o creación de leyes, consiste en la presentación de la iniciativa, turno a la o las comisiones para su estudio y dictamen, análisis de ese grupo o grupos legislativos para aprobar su dictamen; remisión a la mesa directiva para su inclusión en el orden del día de la sesión correspondiente, y en esa fecha la primera y en su caso, simultáneamente o diferida, segunda lectura del documento al momento de que se presente ya a discusión del pleno.
Luego se sometería la propuesta a discusión en lo general, luego en lo particular y más tarde a votación para su remisión a la Cámara revisora, en este caso, al Senado, que turnaría la minuta a comisiones para el proceso de dictaminación. Una vez que en esa colegisladora se cumplen los pasos, se discute y vota en el pleno, de aprobarse se turna al Ejecutivo para su promulgación y publicación, con el fin de su inicio de vigencia
Es un escenario posible: Creel
En la entrevista con Aristegui Noticias, Creel Miranda indicó que existen diversas formas por las cuales se podría dar el procesamiento de la iniciativa en cuestión, pero si se solicitará esa vía expedita no tiene conocimiento hoy, sino hasta que mañana, en sesión de Jucopo, algún legislador la solicite.
“Podría ser el trámite de urgente y obvia, la respuesta es: sí. Esto se planteará mañana y lo sabré a partir de lo que resuelva la Jucopo”.
Adelantó que de presentarse ese que hoy es uno de los escenarios posibles -el otro es el proceso legislativo común-, él ofrece las garantías de que todos los grupos parlamentarios y sus diputados ejerzan su derecho a participar en la discusión y votación.
De aprobarse el mecanismo rápido quienes no están de acuerdo pueden pedir distintas mociones suspensivas para expresar su desacuerdo y sus razones, y “vendrá otra discusión que puede ser muy larga pues no hay un número limitado de mociones de esta naturaleza. Pueden ser o no, pueden ser las que quieran presentar cada uno de los diputados o diputadas”.
“Estas mociones de suspensión yo las pondré finalmente, una vez que se acabe esa discusión, a votación en el pleno. Se discute una por una, no en conjunto, y se pondrán a la discusión del pleno y si se desechan las mociones de carácter suspensivo, entonces procede de urgente y obvia resolución”, dijo.
Llegado ese punto iniciaría la discusión con posicionamientos de cada uno de los grupos parlamentarios, con dos rondas de oradores, primero con un orador en contra y uno a favor, la primera ronda de seis oradores. Si al final se acuerda que está suficientemente discutido se somete a votación, pero “si no están de suficientemente discutido hace otra ronda de tres y así hasta que finalmente se da por satisfechos los diputados”, detalló.
“Cuando esto ocurre se pondrá a votación primero en lo general esa pieza legislativa y en segundo en particular, si hay reservas, generalmente hay, y pueden ser las que se consideren” por lo que está en veremos la duración del debate, indicó.
Desahogadas las reservas, refirió, se pondrían a votación cada una de ellas para conocer si se desechan o se aprueban “y aprobándose se hace en la votación completa y es cuando ya se aprueba”.
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