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El Insabi tomará 40,000 mdp del fondo de gastos catastróficos, prevé el Senado

La reforma aprobada en comisiones de la Cámara alta contempla que el nuevo instituto de salud pueda acceder a estos recursos que estaban bajo custodia del Seguro Popular. El tema irá ante el pleno.
mié 06 noviembre 2019 06:25 PM
Enfermeras
La reforma que se discute en el Congreso contempla que los licenciados en Enfermería y los médicos homeópatas puedan prescribir medicamentos.

Al menos 40,000 millones de pesos que eran del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos del Seguro Popular serán transferidos para el nuevo Instituto Nacional de Salud para el Bienestar (Insabi), según lo prevé una reforma en la materia aprobada este miércoles por comisiones del Senado.

Si dichos cambios son avalados por el pleno y concluyen su trámite legislativo, el Insabi comenzará a operar el 1 de enero de 2020.

El de los recursos es uno de los aspectos que aprobaron los integrantes de las comisiones unidas de Salud y Estudios Legislativos, Segunda, en la discusión del dictamen que modifica la Ley General de Salud y crea al Insabi, el organismo que se plantea como sustituto del Seguro Popular y que se busca dé servicios de salud y medicamentos gratuitos a todos las personas que estén en territorio mexicano y no cuenten con el servicio médico por parte de ninguna otra institución.

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A partir de que empiece a operar el Insabi, quienes no estén afiliados a ninguna institución podrán recibir de manera gratuita la prestación de servicios de salud y medicamentos.

Los legisladores introdujeron algunas modificaciones al documento que llegó de San Lázaro y que será discutido este jueves en el pleno del Senado.

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Aquí algunos aspectos:

No solo los licenciados en Enfermería podrán prescribir medicamentos del Compendio Nacional de Insumos para la Salud que determine la Secretaría de Salud; también podrán hacerlo médicos homeópatas.

No solo los mexicanos, sino todas las personas que se encuentren en el país y así lo requieran, tendrán derecho a recibir de forma gratuita la prestación de servicios públicos de salud, medicamentos y demás insumos asociados, de acuerdo con los principios de universalidad, igualdad, inclusión y gratuidad.

Para acceder a los servicios, solo tendrán que ser estar en el territorio nacional, no ser derechohabientes de la seguridad social y contar con CURP; en caso de no contar con dicha clave, podrán presentar acta de nacimiento, certificado de nacimiento o documentos que se establezcan en disposiciones reglamentarias.

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Otra de las modificaciones aprobadas es que se podrá solicitar al Consejo de Salubridad General el cotejo de beneficiarios de la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos, contra los registros de afiliación de los institutos de seguridad social y otros esquemas públicos y sociales de atención médica.

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También se aprobó en comisiones que en el empaque de los medicamentos se deberá usar una presentación distinta entre los destinados al sector público y los del sector privado, con el fin de diferenciarlos.

El documento señala que las personas que a la entrada en vigor del decreto cuenten con afiliación vigente al Sistema de Protección Social en Salud continuarán gozando de los derechos que les corresponden.

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¿De dónde se obtendrán los recursos?

En el tema del financiamiento, se establece que la prestación gratuita de servicios públicos de salud, medicamentos y demás insumos será financiada de manera solidaria por la Federación y por las entidades federativas.

Para ello, el gobierno destinará anualmente recursos para la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos, cuyo monto no deberá ser inferior al del ejercicio fiscal inmediato anterior, en términos de lo que se establezca en las disposiciones reglamentarias y sujeto a la disponibilidad presupuestaria.

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Los gobiernos estatales aportarán recursos sobre la base de lo que se establezca en los acuerdos de coordinación y habrá sanciones en caso de incumplimiento.

El dictamen detalla que el Insabi canalizará al Fondo de Salud para el Bienestar el equivalente a 11% de la suma de los recursos del gobierno federal y de los estados.

De estos, el Insabi asignará 8% a la atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos, 2% a la atención de necesidades de infraestructura preferente en las entidades federativas con mayor marginación social y 1% para complementar los recursos destinados al abasto y la distribución de medicamentos y demás insumos, así como al acceso a exámenes clínicos asociados a personas sin seguridad social.

Pero además, instruye a la institución fiduciaria del Fideicomiso del Sistema de Protección Social en Salud a transferir al Insabi hasta 40,000 mdp del patrimonio del Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos.

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