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¿Qué es la voluntad anticipada, el documento que la CDMX pide para dar o no cuidados paliativos?

La CDMX y el Colegio de Notarios realizaron un convenio para dar servicio gratuito a la Voluntad Anticipada, para que las personas decidan sobre recibir tratamientos médicos al final de su vida.
lun 23 marzo 2026 04:04 PM
Voluntad Anticipada CDMX
Desde 2008, la Ciudad de México ha sido pionera en el reconocimiento de este derecho, que permite a las personas expresar si desean o no ser sometidas a procedimientos que prolonguen su vida de manera artificial. (Thicha Satapitanon/Getty Images)

La Ciudad de México volvió a dar un paso adelante en favor de la Voluntad Anticipada . La Secretaría de Salud de la capital y el Colegio de Notarios firmaron un convenio para brindar tramitar de manera gratuita el documento que garantiza la decisión libre y anticipada sobre los tratamientos médicos al final de la vida.

El trámite estará disponible sin costo por más de un mes para las personas habitantes de la CDMX, tanto en instituciones de salud como ante el Notario Público. Según la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, del 7 de enero de 2008 a febrero de 2026 en materia de Voluntad Anticipada, se han otorgado en total 27,003 documentos.

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De acuerdo con el Colegio de Notarios de la Ciudad de México, el objetivo de la Voluntad Anticipada es darle a las personas la libertad de no someterse a tratamientos o procedimientos médicos que prolonguen la vida de manera artificial.

El artículo 149 de la Ley de Salud de la capital lo describe de la manera siguiente:

“...el acto que expresa la decisión de una persona con capacidad de ejercicio, de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar su vida cuando se encuentre en etapa terminal y, por razones médicas, sea imposible mantenerla de manera natural, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona.”

Para su aplicación, se necesita tramitar el documento de Voluntad Anticipada ante un Notario Público o a personal de salud de la institución correspondiente, en la cual hace constancia sobre si recibir o no los tratamientos y cuidados paliativos.

Se puede realizar en cualquier momento y a cualquier persona, o cuando se encuentre en etapa terminal. En ambos casos, se debe estar en el pleno y cabal uso de sus facultades mentales, libre de cualquier presión y poder manifestar su deseo sin ninguna duda.

La intención de someterse a la Voluntad Anticipada es libre y personal, pero requiere nombrar a un representante (ejecutor) para que se cumpla, así como la intención de la donación, o no, de los órganos.

En la Ciudad de México, 27,003 personas la han solicitado, por lo que la Secretaría de Salud considera que hay un creciente interés de la población por tomar decisiones informadas sobre su atención médica y el final de la vida.

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Documento de Voluntad Anticipada: qué debe contener para ser válida

La ley señala que el documento deberá contar con las formalidades y requisitos siguientes:

- Realizarse de manera personal, libre e inequívoca ante Notario Público o personal de salud según corresponda y ante dos testigos;

- El nombramiento de un representante y, en su caso, un sustituto, para velar por el cumplimiento de la voluntad del enfermo en etapa terminal en los términos del propio documento, y

- La manifestación de su voluntad respecto a la disposición de órganos susceptibles de ser donados.

No será válido cuando el documento no cumpla con los dispuesto en la ley, no exprese de manera clara su voluntad o fuera realizado bajo amenazas.

Para su trámite ante el notario, se requiere un pago según el público que lo solicita:

- 750 pesos más IVA para personas adultas mayores de 65 años.
- 1,600 pesos más IVA para el resto de la población de la Ciudad de México.

La CDMX brindará el servicio gratuito hasta el 30 de abril de 2026. Una vez termine este plazo, se aplicarán las tarifas anteriores.

En el caso de solicitarlo en instituciones de salud, el trámite será gratuito siempre y cuando se acompañe de un resumen clínico que acredite el diagnostico.

Según el subsecretario de Salud Pública de la Ciudad de México, Ricardo Barreiro, se trabaja en el desarrollo de una tarjeta de identificación vinculada a una plataforma digital que permita al personal médico conocer si una persona cuenta con este documento, y qué decisiones tomó.

La responsable del Programa de Voluntad Anticipada y Cuidados Paliativos, Cecilia Palacios, explicó que las decisiones pueden incluir no solo procedimientos médicos específicos, sino también el derecho a recibir cuidados paliativos que permitan vivir sin dolor y garantizar una muerte digna y sin sufrimiento, cuando se enfrenta una enfermedad avanzada o terminal.

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¿El personal de salud puede negarse a la voluntad?

Sí. La ley señala que personal médico cuyas creencias religiosas o convicciones personales sean contrarias a las disposiciones legales de Voluntad Anticipada, podrán negarse a llevar a cabo sus peticiones.

En estos casos, es obligación de la Secretaría de Salud vigilar que en las instituciones exista personal dispuesto a cumplir con la voluntad de los pacientes.

En hospitales privados, también es obligatorio contar con un responsable encargado de que existan formatos necesarios y se lleve a cabo la voluntad del enfermo.

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