Documento de Voluntad Anticipada: qué debe contener para ser válida
La ley señala que el documento deberá contar con las formalidades y requisitos siguientes:
- Realizarse de manera personal, libre e inequívoca ante Notario Público o personal de salud según corresponda y ante dos testigos;
- El nombramiento de un representante y, en su caso, un sustituto, para velar por el cumplimiento de la voluntad del enfermo en etapa terminal en los términos del propio documento, y
- La manifestación de su voluntad respecto a la disposición de órganos susceptibles de ser donados.
No será válido cuando el documento no cumpla con los dispuesto en la ley, no exprese de manera clara su voluntad o fuera realizado bajo amenazas.
Para su trámite ante el notario, se requiere un pago según el público que lo solicita:
- 750 pesos más IVA para personas adultas mayores de 65 años.
- 1,600 pesos más IVA para el resto de la población de la Ciudad de México.
La CDMX brindará el servicio gratuito hasta el 30 de abril de 2026. Una vez termine este plazo, se aplicarán las tarifas anteriores.
En el caso de solicitarlo en instituciones de salud, el trámite será gratuito siempre y cuando se acompañe de un resumen clínico que acredite el diagnostico.
Según el subsecretario de Salud Pública de la Ciudad de México, Ricardo Barreiro, se trabaja en el desarrollo de una tarjeta de identificación vinculada a una plataforma digital que permita al personal médico conocer si una persona cuenta con este documento, y qué decisiones tomó.
La responsable del Programa de Voluntad Anticipada y Cuidados Paliativos, Cecilia Palacios, explicó que las decisiones pueden incluir no solo procedimientos médicos específicos, sino también el derecho a recibir cuidados paliativos que permitan vivir sin dolor y garantizar una muerte digna y sin sufrimiento, cuando se enfrenta una enfermedad avanzada o terminal.