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¿Me pueden cortar el agua por falta de pago en CDMX? Esto dice la ley

Ante la falta de pago, Sacmex puede imponer diferentes sanciones según se trate de la toma de uso habitacional, de un negocio o de oficinas.
mié 15 junio 2022 12:13 PM
(Mujer llenando un vaso de agua)
El Código Fiscal de la Ciudad de México establece los casos en los que Sacmex puede cortar o restringir el servicio de agua potable por falta de pago.

En la capital el servicio de agua potable está a cargo del Sistema de Aguas de la Ciudad de México (Sacmex), autoridad con la capacidad de cortar o restringir el servicio en casos de incumplimiento de pago.

No obstante, el acceso al agua potable es un derecho que está plasmado en el Artículo 4 de la Constitución Mexicana: “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible”.

Entonces, ¿qué pasa cuando se incumple con el pago del suministro de agua en la ciudad?

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Si no pago el recibo, ¿me quedo sin agua?

En la Ciudad de México, las autoridades no pueden cortar el suministro de agua por completo a un hogar por falta de pago, pero sí pueden restringirlo.

En usuarios de uso doméstico, el Sistema de Aguas puede restringir el suministro para dar sólo la cantidad necesaria para cubrir los requerimientos básicos de consumo humano diario de cada persona que habite la vivienda, lo que equivale a 50 litros por individuo al día.

Esto se aplicará cuando se acumule la falta de pago en dos o más periodos, consecutivos o alternados, según indica el Artículo 177 del Código Fiscal de la Ciudad de México.

La autoridad debe acreditar que subsiste el adeudo y la negativa del usuario a aceptar un convenio de pago o en el caso de que incumpla el mismo; Sacmex debe realizar la notificación.

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En el caso de usuarios no domésticos, como oficinas, restaurantes, tiendas o cualquier toma instalada en inmuebles de uso distinto al habitacional, las autoridades sí podrán suspender el servicio de agua potable, así como el servicio de descarga a la red de drenaje.

Para los inmuebles de uso mixto, por ejemplo con un local de comercio en una parte y vivienda en otra, cuando cuenten con sistemas independientes se podrá restringir el servicio de uso doméstico y suspender el suministro de uso no doméstico.

¿Cómo hago que me restablezcan el servicio?

Para que el Sistema de Aguas restablezca los servicios primero se deben cubrir los montos de los periodos pendientes, además de las multas por omisión de pago, además del costo por reinstalación de servicio.

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Cuando el pago se realice en parcialidades, Sacmex restablecerá el servicio después de que se cubra la primera parcialidad, sin embargo la autoridad podrá suspender o restringir de nuevo el servicio al día siguiente en que el usuario omita un pago o no lo cubra de forma completa.

Para personas jubiladas, pensionadas, con discapacidad, adultos mayores, madres jefas de familia, o personas que pertenezcan a pueblos y comunidades indígenas, el Sistema de Aguas podrá levantar la orden de restricción o suspensión de servicio sólo en uso habitacional cuando la persona que pertenece a estos grupos acredite ser propietaria del inmueble y su valor catastral sea de máximo un millón 130,093 pesos.

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