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La toga sin oficio: cuando la reforma judicial debilita la seguridad de México

La sustitución inmediata de jueces penales afectó el principio de continuidad procesal y vulneró el principio de inmediación.
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La pregunta es si el Poder Judicial, el Legislativo y el Ejecutivo tienen la voluntad de reconocer que la seguridad de México depende de que quien imparte justicia sepa, efectivamente, impartirla, apunta Alberto Guerrero Baena. (FOTO: Cuartoscuro )

Cada institución de justicia sostiene un eslabón de la cadena de seguridad.

Cuando ese eslabón se afloja, no solo se retrasa un expediente: se abre una rendija por la que se cuela la impunidad, y por ahí pasan homicidios sin sentencia, extorsiones sin reparación y organizaciones criminales que aprenden, con cada resolución tardía o defectuosa, que operar en México sigue saliendo barato.

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Un año después de la elección judicial de 2025 y con el primer informe del ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Hugo Aguilar Ortiz, ya presentado, es momento de preguntar sin eufemismos qué le ha costado a la seguridad pública y a la seguridad nacional esta transformación del Poder Judicial.

Una corte que se defiende con cifras administrativas

El primer informe de Aguilar Ortiz privilegió el lenguaje de la gestión: en el primer año ingresaron 15,051 expedientes jurisdiccionales y se resolvieron 13,231, equivalente al 88%, y se resolvieron 1,479 de los expedientes rezagados de la gestión anterior, quedando solo 44 pendientes.

También se reportó un ahorro superior a 4,700 millones de pesos derivado de la eliminación de seguros privados y otros privilegios administrativos. Son datos verificables y, aislados, hablan de una Corte más austera y más rápida en el papeleo.

Pero ninguno responde la pregunta que importa para la seguridad del país: qué tan sólidas son técnicamente las resoluciones que hoy se emiten en materia penal, y cuánto se ha deteriorado la calidad de la justicia en los tribunales que procesan homicidios, extorsión, secuestro y delincuencia organizada.

La curva de aprendizaje que nadie presupuestó

La reforma judicial sustituyó, de golpe, a jueces y magistrados con carrera judicial —muchos formados durante años en concursos de oposición— por personas electas por voto popular sin filtro técnico obligatorio. Especialistas consultados en foros académicos documentaron el caso de un juez penal en Aguascalientes que ordenó la vinculación a proceso de la propia víctima del delito, un error de comprensión procesal elemental.

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El diagnóstico de organizaciones especializadas y analistas en temas de seguridad y justicia es igual de duro: advierten que se abrió una puerta peligrosa a personas sin experiencia, y en algunos casos con antecedentes cuestionables, que no pasaron por filtros estrictos y hoy tienen la justicia en sus manos.

No es un prejuicio contra el voto popular como mecanismo democrático, sino una constatación técnica: presidir una audiencia oral penal, valorar pruebas conforme al sistema acusatorio y resolver con apego a precedente son destrezas que no se adquieren por decreto ni por campaña, y su ausencia tiene un costo medible en sentencias mal fundadas, procesos anulados y, en el peor de los casos, en la liberación de probables responsables por errores evitables.

La rendija por la que entra el crimen organizado

El riesgo no es solo de pericia, es de captura.

Antes de la elección de 2025, organizaciones civiles presentaron denuncias formales ante el INE contra once candidaturas judiciales por presuntos vínculos con el crimen organizado, mientras el Senado detectó al menos una veintena de candidatos con presuntos nexos con el crimen organizado.

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La propia presidenta Claudia Sheinbaum solicitó al Tribunal Electoral descalificar a los aspirantes vinculados al crimen organizado, incluso si sus nombres ya aparecían en las boletas, pero mientras no hubiera un auto de vinculación a proceso penal en su contra, no había mecanismo legal para retirarles la candidatura.

El resultado es un sistema judicial penal donde, por primera vez en la historia reciente, el filtro de acceso al cargo dependió más de la capacidad de hacer campaña —y de quién la financia— que de la evaluación técnica y ética que antes realizaba, con todas sus fallas, el propio Poder Judicial.

Para la seguridad nacional esto no es un matiz: es una vulnerabilidad estructural, porque la infiltración criminal en la justicia penal no opera solo sobre policías o fiscales, sino sobre quien tiene la última palabra para vincular a proceso, dictar prisión preventiva o dictar sentencia.

Procuración e investigación, atrapadas en el cuello de botella

La afectación no se queda en los tribunales electos.

La sustitución inmediata de jueces penales afectó el principio de continuidad procesal y vulneró el principio de inmediación, que ordena que sea la misma persona juzgadora quien atienda todos los actos de una misma etapa, obligando a fiscalías estatales y a la Fiscalía General de la República a litigar ante autoridades que, en muchos casos, desconocían el expediente y el contexto probatorio construido durante meses de investigación.

Un sistema penal que ya arrastraba niveles de impunidad estructuralmente altos, no podía permitirse una pausa de aprendizaje en la judicatura sin pagar un costo directo en su capacidad de procesar y sancionar el delito.

La consecuencia inmediata es previsible: carpetas de investigación mejor construidas terminan estancadas por resoluciones judiciales inconsistentes, y policías e investigadores pierden el incentivo institucional de hacer bien su trabajo cuando la última instancia no logra sostener técnicamente lo que la primera instancia investigó.

Una ruta de corrección, no solo de denuncia

Criticar sin proponer sería incompleto.

Ya se discute en el debate legislativo sustituir el sistema de promedios mínimos por evaluaciones técnicas obligatorias a cargo de la Escuela Nacional de Formación Judicial, un ajuste que debería aplicarse con carácter vinculante y no simbólico antes de cualquier candidatura a juez penal.

A eso hay que sumar un mecanismo efectivo de exclusión para la elección de 2028 ante vínculos acreditados con el crimen organizado, distinto del actual umbral casi imposible de un auto de vinculación a proceso, y separar la elección judicial de los tiempos electorales políticos para reducir la dependencia de financiamiento y estructuras partidistas.

La reforma judicial no tiene por qué ser irreversible en sus errores: la pregunta es si el Poder Judicial, el Legislativo y el Ejecutivo tienen la voluntad de reconocer que la seguridad de México —no solo su relato institucional— depende de que quien imparte justicia sepa, efectivamente, impartirla.

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*Alberto Guerrero Baena es consultor especializado en Política de Seguridad, Policía y Movimientos Sociales, además de titular de la Escuela de Seguridad Pública y Política Criminal del Instituto Latinoamericano de Estudios Estratégicos, así como exfuncionario de Seguridad Municipal y Estatal. Puedes escucharlo con su análisis en Políticas de Seguridad los martes a las 5:25 hrs y los miércoles a las 18:20 hrs en MVS Noticias, en el 102.5 FM de la Ciudad de México. Escríbele a albertobaenamx@gmail.com y síguelo en redes sociales como @guerrerobaenamx

Nota editorial: Las opiniones publicadas en esta columna corresponden exclusivamente al autor.

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