Este 20 de enero se concretó la entrega de 37 personas por parte del Gobierno de Mexico a los Estados Unidos por presuntamente estar relacionados con narcotráfico. Con ello, suman 92 personas que -en tres entregas- han sido enviadas a los Estados Unidos para que se inicien sus respectivos procedimientos penales en ciudades como Washington D.C, Nueva York, Washington, Houston, Pennsylvania, San Antonio y San Diego.
Traslado de 37 personas por vínculos con narcotráfico: impacto para sectores financiero y comercial
Si bien uno de los aspectos que han llamado la atención de estas “transferencias” de personas, potencialmente vinculadas al narcotráfico, es el hecho de que no han sido enviadas formalmente bajo un proceso de “extradición”, no es una novedad que en la relación bilateral Mexico-Estados se envíen personas que están siendo procesadas o sentenciados en Mexico para que se inicien sus procedimientos penales en el país vecino.
Sin embargo, lo que si es verdaderamente relevante en estos casos, es que es la primera ocasión que se logra la detención y traslado a los Estados Unidos de personas formalmente acusadas por narcoterrorismo en Mexico, lo cual podría detonar importantes repercusiones para diversos sectores.
Dentro de las 37 personas trasladadas a los Estados Unidos se encuentra María del Rosario Navarro-Sánchez -la única mujer transferida por el Gobierno de Mexico- y respecto de quien el pasado 16 de mayo el Gobierno de los Estados Unidos diera a conocer que el Gran Jurado de una corte Federal en Texas concedió al Departamento del Justicia un “indictment”-acusacion formal- en contra de María Rosario y de acuerdo al Departamento “es la primera a nivel nación en acusar a una ciudadana mexicana de proporcionar apoyo material a una organización terrorista extranjera designada basándose en su participación con el Cartel de Jalisco Nueva Generación (CJNG), incluyendo el suministro de granadas al cartel y su participación en tráfico de personas, tráfico de armas de fuego, contrabando de efectivo a granel y tráfico de narcóticos a nombre del cartel ".
Este delito, que está establecido en el artículo 18 del U.S Code sección 2339B, es una de las herramientas más potentes que fueron activadas posteriormente a la designación de seis cárteles mexicanos como organizaciones terroristas por parte del Gobierno de los Estados Unidos. Este delito, que hasta hace poco había sido usado en temas muy limitados, parece ser el hilo conductor de la investigaciones y persecuciones en esta nueva administración.
Los impactos de este enfoque pueden ser muy relevantes, no solo para personas directamente vinculadas a estas organizaciones, sino para diversos sectores económicos del país. Previo a la implementación del artículo 18 del U.S Code sección 2339B en casos asociados al narcotráfico, el delito de brindar apoyo material a organizaciones terroristas fue la base de una acusación que presentó el Departamento de Justicia de los Estados Unidos en contra de una empresa francesa Lafarge por proporcionar apoyo material a organizaciones terroristas de ISIS en Siria y, por la cual, tuvo que llegar a un acuerdo de, al menos, 778 millones de dólares en sanciones y decomisos .
Las acusaciones en contra de Lafarge no son por formar parte del grupo activamente, pero sí por negociar acuerdos para pagar a facciones armadas de la organización durante la Guerra Civil en 2011 con el fin de proteger a sus empleados, asegurar la operación continua de la Planta de Cemento de Jalabiyeh y obtener ventaja económica sobre sus competidores en el mercado Sirio del cemento. Parte de las acusaciones refleja que la empresa compraba materias primas necesarias para fabricar cemento a proveedores controlados por ISIS y pagaron "donaciones" mensuales a grupos armados. Evidencia lo amplia que pueden llegar a ser estas acusaciones.
Asimismo, el mismo articulo 18 del U.S Code sección 2339B establece importantes obligaciones para las “instituciones financieras”, tal como la obligación de congelar y enterar todos los fondos que detecten que son propiedad o están asociados con estas organizaciones. Pese a que no es del todo claro que bancos y otras instituciones financieras mexicanas sean consideradas como “instituciones financieras” en términos de las leyes norteamericanas, el hecho de que la mayoría de las instituciones financieras mexicanas cuentan con cuentas corresponsales con bancos estadounidenses para transacciones internacionales o en dólares, las somete a una regulación reforzada en términos de la Ley de la Bank Secrecy Act and the U.S. Patriot Act.
Por lo tanto, los recientes arrestos e indictments -que han sido emitidos en contra de diversos individuos mexicanos que involucran acusaciones por apoyo material a organizaciones terroristas-, pueden tener impactos en diversos sectores, ya sea individuos o empresas, que puedan tener conexiones económicas, así como una fuerte relevancia para el sector financiero.
Es importante destacar que las acciones emprendidas por FinCEN durante 2025 a través de las cuales se ordenó a los bancos norteamericanos suprimir cuentas corresponsables con las instituciones financieras mexicanas Ci Banco, Intercam y Vector – a través de similar proceso en contra de 10 casinos ubicados el norte del país-, así como la inclusión de 27 sujetos a las listas de OFAC, indican que la estrategia contra de los cárteles va mucho más allá del arresto y enjuiciamiento de las cabecillas; el arsenal legal va también enfocado a acciones transversales que involucran al sector financiero.
En este contexto es fundamental que los sectores empresarial y financiero tomen medidas de doble reforzamiento para prevenir, detectar y atender potenciales conexiones económicas que puedan tener implicaciones catastróficas para sus operaciones y su reputación.
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Nota del editor: Estefanía Medina Ruvalcaba es socia de BOLD&BRIEF . Las opiniones publicadas en esta columna corresponden exclusivamente a la autora.