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#ColumnaInvitada | Infracciones electorales

En virtud de que las leyes electorales sustentan nuestro sistema democrático es factible requerir que cualquier funcionario público actué apegado estrictamente a dichas normas.
lun 25 julio 2022 06:00 AM
TEPJF
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las infracciones por la vulneración de reglas electorales durante el proceso de revocación de mandato.

En días recientes, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las infracciones determinadas por la Sala Regional Especializada a personas funcionarias públicas del ámbito federal y local, así como al partido Morena y su presidente nacional, por la vulneración de reglas electorales durante el proceso de revocación de mandato.

Las conductas sancionadas son la difusión de propaganda gubernamental en tiempo prohibido y promoción personalizada hecha a favor del presidente de la República.

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En su resolución, la Sala Superior ratificó las violaciones al principio de imparcialidad y equidad en la contienda y confirmó que 17 titulares de gubernaturas realizaron propaganda gubernamental a través de un desplegado de apoyo al presidente durante el proceso de revocación de mandato.

Por esa razón el procedimiento especial sancionador sí es aplicable e idóneo en ese tipo de infracciones, debido a que el desplegado sí fue difusión gubernamental, donde se criticó a gobiernos anteriores; y exaltó logros del presidente de la República, pretendiendo lograr simpatía hacía él señalando logros, programas del gobierno y obra pública.

El TEPJF también señaló que al ser propaganda gubernamental se actualizaba la conducta prohibida y sentenció que la publicación no estaba amparada por la libertad de expresión, debido a que las personas servidoras públicas se encuentran limitadas con diversas restricciones en su actuar, entre ellas, la de no difundir propaganda gubernamental.

La Sala Superior consideró que el desplegado contenía promoción personalizada hacia el presidente de la República y que su propósito era lograr adhesión hacia su persona. Como consecuencia de esto, el TEPJF ordenó que los sujetos infractores deberán, por una parte, ser inscritos en el catálogo de personas sancionadas del Tribunal, lo cual no es una sanción, sino un mecanismo del tribunal para dar transparencia y maximizar la publicidad a sus resoluciones; y, por otra parte, que los infractores deberán ser sancionados, para lo cual, el Tribunal ordenó dar vista a los superiores jerárquicos respectivos y Congresos locales.

Respecto de la sanción cabe recordar que, en el caso de la Jefa de Gobierno el Congreso de la Ciudad de México, tiene a su cargo determinar la sanción correspondiente, y en el caso de los demás gobernadores, serán los Congresos locales respectivos los que determinen la situación jurídica de los mandatarios.

En virtud de que las leyes electorales sustentan nuestro sistema democrático es factible requerir que cualquier funcionario público actué apegado estrictamente a dichas normas. Por ello la aplicación de las sanciones por incumplimiento a las normas debiera ser de forma expedita.

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Algunos de los servidores públicos infractores han manifestado su desacuerdo con la sentencia del Tribunal, sin embargo, la sentencia es exhaustiva, pertinente, clara y definitiva.

A pesar de la sentencia firme del tribunal, el presidente del partido infractor interpuso una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para impugnar la sentencia de la sala superior del TEPJF; ya que considera que la vinculación ordenada a las autoridades locales los pudiera dejar inelegibles de ser candidatos, por no tener un modo honesto de vivir, sin embargo, la SCJN desechó el recurso por ser improcedente.

Queda claro la delicadeza de esta situación, por lo que la sala superior del TEPJF, recién confirmó medidas cautelares de tutela preventiva ordenadas a personas servidoras públicas, tales como la Jefa de Gobierno, con motivo de actos ilícitos que pudieran cometer en el marco de los próximos procesos electorales estatales y el Federal.

Confiamos en que las sanciones que se apliquen sirvan para garantizar el respeto a las leyes electorales, el fortalecimiento del Estado de derecho y procesos electorales donde la equidad e imparcialidad imperen en todos los candidatos y partidos políticos; cumpliéndose el requisito constitucional para votar y ser votados; de que todo aspirante a un puesto de elección popular tenga un modo honesto de vivir.

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El autor es abogado y fundador de Sí por México.

Nota del editor: Las opiniones de este artículo son responsabilidad única del autor.

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