El segundo elemento estructural de la reforma implicará reducir el requisito mínimo de cotización actual de 1,250 semanas (25 años) a 750 (15 años). Tan pronto entre en vigor, se irá aumentando 50 semanas adicionales por año hasta llegar a 1,000 (20 años) en el 2031 y estacionarse ahí. Es decir, se beneficiará más a quienes ya tengan la posibilidad de pensionarse y lo hagan a la brevedad posible, y el requisito se irá aumentando en el tiempo topado a 1,000 semanas. Habrá que revisar las razones de este beneficio para los pensionados en el corto plazo, distinto a una explicación de corte político.
Por último, el tercer elemento de la reforma al sistema de pensiones es el aumento de la pensión mínima que garantiza el Estado, es decir, cuando la trabajadora o el trabajador hayan cumplido con todos los requisitos de ley, pero los recursos en su Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE) no sean suficientes para el financiamiento de una pensión. En este caso, la PMG tendrá un aumento de 30% que también tendrá costos fiscales que se espera queden neteados con el resto de las medidas.
Se trata de cambios, en general, en la dirección correcta para incrementar el monto pensionario de quienes han cotizado o cotizan al IMSS, pero es importante destacar algunos puntos. Si bien existen 67 millones de cuentas en el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), solamente un tercio de éstas, poco más de 22 millones, se encuentran activas; es decir, dos tercios pertenecen a personas que se han quedado desempleadas o que entran y salen del sector formal, y por ende tienen aportaciones intermitentes.
Esta reforma pretende dotar de mayores recursos a los trabajadores (de una mayor tasa de reemplazo) por la vía de mayores ahorros o de una mayor PMG, pero no resuelve (ni tiene por qué hacerlo), un problema mayor de política pública en relación al mercado laboral de nuestro país que es la enorme cantidad de personas que se encuentran en la informalidad y que no están cubiertas por sistema de protección social alguno. Las discusiones en torno a la pensión universal o al ingreso básico universal, si bien extremadamente relevantes y pertinentes, caen fuera de esta modificación específica al SAR. Es decir, el Sistema de Ahorro para el Retiro de nuestro país no puede resolver los problemas estructurales de empleo (informalidad) en México y debe enfocarse a resolver sus propios problemas de falta de suficiencia de recursos para la pensión. Ello no obsta para que, a nivel nacional y con la concurrencia de todos los actores interesados y afectados, se lleve a cabo con carácter de urgente, una discusión de fondo sobre la necesidad de que todos los mexicanos cuenten con un mínimo de protección social garantizada. Sobra decir la triste forma en que el choque de realidad de la pandemia y la crisis económica resultante, han puesto de relevancia la protección de la población vulnerable y la vulnerada por situaciones fuera de su control.