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Necesitamos más Laynez y menos Zaldívar

La política y el deseo de evitar una confrontación entre la Corte y el Presidente se apoderaron de la mayoría de los 11 ministros que hoy integran la SCJN.
lun 05 octubre 2020 11:00 AM
ministros de la scjn.jpg
Integrantes de la primera sala de la SCJN

La inconstitucionalidad de la consulta planteada por el Presidente para que la ciudadanía decidiera sobre la viabilidad de investigar expresidentes quedó más que evidenciada tanto por el proyecto de resolución del ministro Luis María Aguilar, por los argumentos expuestos en la sesión de la Suprema Corte, y por más extraño que parezca, por la resolución en sí misma, en la que se determinó cambiar por completo la pregunta plateada y dar paso a una que poco retomaba de la propuesta del presidente, asumiendo con ello que la previamente propuesta de manera evidente transgredía el texto constitucional. El proyecto de resolución en esencia se decantaba por la inconstitucionalidad de la consulta con base en los siguientes argumentos:

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  1. Condicionaba la eficacia y validez de los derechos humanos.
  2. Pondría en riesgo los derechos de las víctimas.
  3. Es contraria al principio de presunción de inocencia y el debido proceso.
  4. Restringe la función exclusivamente del estado mexicano de investigar y sancionar delitos y esta no puede someterse a la decisión popular.
  5. Viola el principio de igualdad debido a que no está justificado porque a algunas personas en este caso expresidentes se le somete al escrutinio público para determinar si se les debe investigar o no penalmente mientras que al resto de las personas de ese país no se le da ese mismo tratamiento.

Ante la solidez jurídica del proyecto, era poco previsible que la resolución cambiara de dirección en un sentido negativo y se esperaba que ahí se terminaría de tajo con una propuesta que evidentemente contradecía la Constitución. Sin embargo, las cosas cambiaron cuando la política y el deseo de evitar una confrontación entre la Corte y el titular del Ejecutivo se apoderaron de la mayoría de los 11 ministros que hoy integran lo que hasta antes del jueves era el Máximo tribunal de justicia en nuestro país.

El más férreo defensor de esta volada resolución fue sin duda el ministro presidente Arturo Zaldívar, quien a truco de una “interpretación” al texto constitucional defendió que, pese a que claramente el texto habla un tipo de consultas con requisitos establecidos, desde su muy particular apreciación de las cosas y en el texto constitucional que él revisa –y que al parecer no es el mismo de todos los demás– se prevén dos tipos de consultas: las vinculantes y las no vinculantes. Y justo así, con la posibilidad de llevar a cabo consultas sin efectos jurídicos, es que, en su opinión, se llegó al justo medio en la ponderación entre el derecho de los ciudadanos a participar en el debate público y demás derechos humanos de los ciudadanos (tal como el derecho a la justicia), lo cual dio pie al convencimiento o “presión” de otros cinco que lo siguieron, algunos por diversas razones, pero todos al parecer bajo la lectura del texto de la Constitución editado por ministro Zaldívar.

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Sin embargo, ante este escabroso escenario en donde pareciera que todo es negativo hay que acentuar la destacada participación de cinco ministros que sí defendieron su papel como jueces constitucionales, que impusieron la verdad constitucional, el derecho y la justicia antes que la política.

Especialmente, la labor del ministro Javier Laynez, quien en la propia sesión de manera categórica afirmó: “¿Qué está haciendo la Suprema Corte analizando las prohibiciones de la procedencia de las consultas populares, si estas no son vinculatorias? Si la consulta popular –aquella prevista en el artículo 35– no tiene consecuencias jurídicas, entonces, se puede concluir que, en ese sentido, se puede consultar sobre cualquier cosa y sobre cualquier materia, por ejemplo, se le puede preguntar a la ciudadanía si en lugar de república preferiría ser monarquía, así pues, si la consulta no tiene efectos vinculantes entonces, no es de las consultas previstas en el artículo 35 constitucional”.

Más allá de la absurda y costosa consulta, más allá de los expresidentes, la mala noticia del jueves es que hoy sabemos que seis de los once ministros que integran la institución dedicada a establecer pesos y contrapesos en nuestro sistema democrático y que deberían defendernos de las arbitrariedades de otros poderes, prefieren “interpretar”, “leer otra Constitución”, u “olvidar todo lo que aprendieron en las escuelas de derecho” antes que contradecir las propuestas que vengan de la Presidencia de la República. Especialmente, cuando tres de ellos le deben el lugar que ocupan a esas propuestas que vienen de la Presidencia y a falta de contrapesos del Poder Legislativo para controlar esa decisión.

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A pesar de todo, la voz de la justicia no quedó inaudita ni pasó desapercibida, quedó en cada argumento y en cada posicionamiento que los ministros valientes alzaron en la defensa de lo que debe ser ese máximo tribunal de justicia. El jueves perdimos a la Corte como el defensor de nuestros derechos, cuando éstos se enfrentan a la decisión del Poder Ejecutivo a cargo. Ahora sabemos que las grandes decisiones que estén en esa contradicción quizás no debieran pisar esa locación, cuando ello sea posible, pero sobre todo que hoy más que nunca debemos salir y luchar para que la voz de esos cinco ministros se escuche fuerte y claro, pero también la de nuestros magistrados, jueces de distrito y jueces del ámbito común que resuelven con apego a la Constitución y la ley, sin presiones y sin política.

Como litigantes y como ciudadanos podremos estar o no de acuerdo con el resultado de nuestros casos, pero siempre estaremos de acuerdo en que se debata sobre la base de la Constitución y de la ley, no de las ocurrencias. Así que hoy más que nunca los ciudadanos debemos ser guardianes de nuestros buenos jueces, pues hoy más que nunca necesitamos más jueces como el ministro Laynez y menos como el ministro Zaldivar.

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Nota del editor: Las opiniones de este artículo son responsabilidad única de las autoras.

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