En nuestro país, la tipificación del feminicidio se impulsó en el Código Penal Federal en el año 2011, incorporándose a dicho ordenamiento en 2012. Esto fue una respuesta casi obligada por parte del Estado Mexicano ante la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por la sentencia de Campo Algodonero. Más allá del origen involuntario de la tipificación del feminicidio en nuestro país, este reconocimiento legal es necesario para visibilizar las razones de género relacionadas con la muerte violenta de una mujer. Es también necesaria para garantizar acciones de nuestro sistema de justicia penal que incorporen la perspectiva de género en los procesos de impartición de justicia.
Modificar la tipificación del feminicidio para que se plantee como un homicidio con agravantes no solo implicaría invisibilizar el trabajo y la lucha constante de las mujeres, organizaciones de la sociedad civil, familiares de las víctimas, académicas y activistas. También sería ignorar las múltiples expresiones de violencia y discriminación que están subyacentes, como la violencia económica, psicológica, patrimonial, sexual, de pareja, entre otras, que deben ser eliminadas.
Es grave que esta discusión tenga que ser parte de la agenda pública, en lugar de plantear argumentos vinculados a mejorar la propia tipificación del delito. Por ejemplo, modificar el Código Penal Federal para que no se tenga que acreditar relación alguna entre la víctima y el victimario, ya que el feminicidio puede ser perpetrado por desconocidos. Es preciso modificar la tipificación para que la necesidad de acreditar datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso o bien, acreditar algún tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, no dependa de denuncias previas, ya que en muchas ocasiones, las víctimas por miedo a represalias, no denuncian.
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Gracias al esfuerzo de muchas personas y al trabajo de muchas organizaciones, muy probablemente el feminicidio continúe como un tipo penal en México. Lo lamentable es que las acciones que todas estas organizaciones están realizando y sus recursos tengan que enfocarse en defender la tipificación del feminicidio dentro del Código Penal Federal, cuando hay muchos otros temas prioritarios que deberían de ocupar la agenda pública.
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Nota del editor: la autora es profesora investigadora de la Escuela de Comunicación en la Universidad Panamericana.
Las opiniones de este artículo son responsabilidad única de la autora.