La Ley de la CNDH estipula que quien ejerza la presidencia de dicho órgano no puede “desempeñar, ni haber desempeñado, cargo de dirección nacional o estatal, en algún partido político en el año anterior a su designación” ( artículo 9, fracción IV ). Pero Piedra Ibarra, según consta en el Registro de los Órganos Directivos de los Partidos Políticos Nacionales del Instituto Federal Electoral , es integrante del Consejo Nacional de Morena, un órgano de “conducción”, “autoridad”, “dirección y ejecución” del partido, según su propio estatuto ( artículo 14bis, fracción B, inciso 3; artículo 41; y artículo 41bis ).
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La Constitución ( artículo 102, inciso B ) y la Ley de la CNDH ( artículo 10 ) determinan que se elegirá al presidente de dicha Comisión “por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes en la Cámara de Senadores”, y el reglamento del Senado ( artículo 94, inciso 5 ), define que “las decisiones en el Pleno se acuerdan por mayoría absoluta de votos de los senadores presentes en la sesión de que se trate, salvo que los ordenamientos aplicables determinen otro tipo de mayoría, referida ya sea a los presentes o a la totalidad de los integrantes del Senado”. Asimismo, la Ley de la CNDH precisa que en caso de que no se alcance la votación requerida para designarlo, “la comisión o comisiones correspondientes deberán presentar una nueva terna, tantas veces como sea necesario para alcanzar la votación requerida ( artículo 10 Ter ). Sin embargo, la Mesa Directiva del Senado decidió repetir dos veces la votación sobre la misma terna, aún y cuando ninguno de los aspirantes reunió los votos necesarios. Luego, en una tercera votación, dio por bueno el resultado de 76 votos a favor de Piedra Ibarra, cuando el número de senadores presentes al momento de la votación era 116 y, en consecuencia, el voto de las dos terceras tendría que haber ascendido a 78 votos.
Por todo lo anterior, el nombramiento de Piedra Ibarra es jurídicamente impugnable. Y eso es lo que explica que unos días después, cuando se iba a verificar la toma de protesta de Piedra Ibarra como nueva Presidenta de la CNDH, el Senado intentara repetir la votación. Sin embargo, tampoco lo logró (no tuvo los votos la primera vez y tampoco los tuvo en esa segunda) y terminó nombrándola con los insuficientes 76 votos originales.