Un error o una inconsistencia en un acta de nacimiento puede dificultar distintos trámites personales. Por eso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideró que corregir este tipo de documentos no debe convertirse en un proceso judicial innecesario.
De esta manera, el Pleno invalidó una disposición del Código Civil de Baja California Sur que obligaba a acudir ante un juez para modificar un acta cuando la fecha de nacimiento fuera posterior a la fecha de registro.
Aunque la resolución se refiere a una norma estatal específica, el criterio de la Corte refuerza el principio de que los trámites para corregir documentos de identidad deben ser sencillos y no imponer cargas excesivas a las personas.
Las y los ministros determinaron que exigir un juicio como única alternativa imponía una carga excesiva a las personas, pues existen mecanismos administrativos menos complicados para resolver este tipo de inconsistencias.