Mariana Calderón, experta en derecho electoral y derechos humanos, sostiene que estos lineamientos afectarán la libertad de expresión, pues dice que obligan a etiquetar “la mezcla” entre información y opinión, dejan en manos de una autoridad decidir dónde termina una y comienza otra.
Señala que las sanciones por el incumplimiento de estos lineamientos puede provocar autocensura y si se regulan los derechos de las audiencias de prensa escrita y plataformas digitales se abre la puerta a regular contenidos que hoy forman parte del debate público libre.
Por su parte, Marta Tudón, oficial del Programa de Ecosistema Informativo y Tecnología de Artículo 19, considera que como están perfilados los lineamientos, el gobierno busca intervenir en el contenido editorial de los medios de comunicación.
“Lo que es preocupante es que se esté intentando justificar esta intervención en el flujo informativo, en el trabajo de las líneas editoriales como si fuera derecho de las audiencias, porque esto no beneficia a las audiencias”, expone.
La especialista advierte que uno de los riesgos de los lineamientos es que como están redactados, están sujetos a la discrecionalidad y con ello determinar quién y cómo incurre o no en alguna violación a estos y una posible sanción.
“Las sanciones no únicamente son lo preocupante, sino es la presión que se ejerce sobre los medios por parte de una autoridad de la cual no hay una expectativa razonable ni de autonomía ni de independencia en este momento, como es la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones”, indicó.
En tanto que Irene Levy, fundadora y consejera de Observatel, organización civil que estudia la evolución de las telecomunicaciones, considera que el proyecto de lineamientos “excede” la función regulatoria al crear facultades, procedimientos, sujetos obligados y consecuencias sancionatorias que no están actualmente en la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
“El Proyecto crea nuevos supuestos sancionables que la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión no tipifica, como incumplir resoluciones de la CRT emitidas en procedimiento de queja”, escribió en sus redes sociales.
Sostiene que la ley de la que derivan los lineamientos no faculta a la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones para actuar como instancia revisora de las quejas de las audiencias ni para confirmar, modificar o revocar las determinaciones de la Defensoría de Audiencias.