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La Corte avala reducir el aguinaldo a pensionados del ISSSTE Zacatecas

Las personas ya pensionadas y quienes solicitaron su pensión antes del 11 de agosto de 2024 mantendrán el cálculo del aguinaldo equivalente a 60 días.
lun 12 enero 2026 01:38 PM
La SCJN avala reducir el pago del aguinaldo a pensionados del ISSSTE, pero no aplica para todos
Los legisladores de Zacatecas, por su parte, defendieron la reforma, argumentando que la disminución del aguinaldo busca garantizar la viabilidad del Fondo de Pensiones del Estado y asegurar el derecho a la seguridad social a largo plazo, además de abordar los problemas financieros del sistema estatal de pensione (Foto: SCJN)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la constitucionalidad de una reforma en Zacatecas que recorta a la mitad el pago del aguinaldo para pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado de Zacatecas (Issstezac), con el fin de no afectar las finanzas del organismo.

El Poder Ejecutivo impugnó tres artículos de la Ley del Issstezac, pues argumentó que contravienen lo establecido por la Constitución. En respuesta a esta impugnación, siete ministros respaldaron la validez únicamente del artículo 74, el cual modifica el cálculo del aguinaldo de los pensionados del instituto, reduciéndolo de 60 a 30 días de pensión.

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Sin embargo, se precisó que para las personas ya pensionadas y aquellos trabajadores que hayan solicitado su pensión antes del 11 de agosto de 2024, fecha en la que entraron en vigor las reformas, se mantendrá el cálculo del aguinaldo equivalente a 60 días. Por lo tanto, la reducción solo afectará a quienes comiencen a cotizar a partir de la entrada en vigor de la reforma.

La ministra ponente Loretta Ortiz Ahlf explicó que el aguinaldo no es una prestación que estas personas perciban a partir de sus años cotizados, por lo que no constituye un derecho adquirido, además, especificó que la reducción busca garantizar la solvencia financiera del Instituto para cumplir con sus obligaciones principales, como la entrega de las pensiones.

“La reducción del aguinaldo en cuestión no tuvo incidencia alguna en el derecho de seguridad social de las personas pensionadas, en virtud de que dicha prestación es un apoyo económico adicional que perciben al concluir el año calendario, que por ende no se encuentra incluido en la pensión que reciben en función de las cotizaciones realizadas durante su periodo laboral activo ante el Instituto de Seguridad Social local”, sostuvo la ministra Loretta Ortiz Ahlf.

Mientras, los 11 ministros invalidaron el artículo 128, el cual establece que el otorgamiento de las pensiones y el cumplimiento de las obligaciones del ISSSTEZAC estará sujeto a su capacidad financiera y que en caso de que el Instituto enfrente una crisis financiera, el artículo aclara que se basará en estudios técnicos y actuariales para proponer las modificaciones necesarias con el fin de recuperar la estabilidad financiera.

También invalidaron el artículo 128 Bis, en el que se señala que, para cumplir con la política de austeridad en el manejo de los recursos públicos, el otorgamiento de prestaciones sociales y el cumplimiento de las obligaciones del Instituto, estarán a cargo de la reserva técnica de éste conforme a su capacidad financiera.

Durante la discusión de este proyecto, la ministra Lenia Batres expresó que no se debe reducir el aguinaldo de los pensionados sin un conocimiento claro de las finanzas del ISSSTEZAC.

Señaló que no se dispone de los datos suficientes para asegurar que se están tomando las medidas adecuadas para generar los recursos necesarios, por lo que enfatizó que el Estado debe respetar los derechos adquiridos por los trabajadores.

Por su parte, el ministro Irving Espinosa Betanzo aclaró que la reducción del aguinaldo a 30 días solo afectará a los trabajadores que empiecen a cotizar después de la reforma de 2024 y no a aquellos que ya realizaban aportaciones antes de la modificación. Argumentó que, de aplicarse retroactivamente, esto violaría el principio de progresividad.

El ministro criticó que la justificación de la insuficiencia económica del Instituto se utilice como pretexto para incumplir con las obligaciones y derechos de los trabajadores, lo que sería una manera de anular sus derechos adquiridos.

Los legisladores de Zacatecas, por su parte, defendieron la reforma, argumentando que la disminución del aguinaldo busca garantizar la viabilidad del Fondo de Pensiones del Estado y asegurar el derecho a la seguridad social a largo plazo, además de abordar los problemas financieros del sistema estatal de pensiones.

En este sentido, el Congreso señaló que, si bien el Estado tiene la obligación de proteger los derechos de los pensionados, también debe asegurar la estabilidad financiera de las instituciones que gestionan esos derechos para evitar riesgos en el pago de futuras pensiones y otros beneficios.

El presidente Hugo Aguilar destacó que se reunieron con trabajadores del Instituto, quienes señalaron el mal uso de los fondos del ISSSTEZAC.

Aguilar expresó su preocupación por la viabilidad financiera del Instituto y mencionó que existen señales de que la situación es grave y que sería necesario tomar medidas para restaurar la estabilidad financiera.

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