Tras la aprobación de la Clave Única de Registro de Población (CURP) biométrica en el país para que sea un documento oficial de identificación, surgen diversas dudas acerca de la fecha de trámite, dónde realizarla, la fecha de entrada en vigor y qué pasará con el documento actual. Te despejamos las dudas.
La CURP biométrica obligatoria entra en vigor este 2025

¿Cuándo entra en vigor la CURP biométrica?
A pesar de que se publicó el decreto el miércoles 16 de julio, aún no existe una fecha precisa para que toda la población deba tramitarla, aunque se establecen plazos clave para su implementación.
La Secretaría de Gobernación contará con 90 días naturales para desarrollar la Plataforma Única de Identidad, que permitirá gestionar la nueva CURP. En ese mismo plazo, autoridades de los tres niveles de gobierno deberán habilitar los mecanismos para consultar, validar y transferir la información necesaria.
Las entidades públicas y privadas deberán comenzar a incorporar la CURP como requisito en sus trámites, en tanto, la integración de los datos biométricos de niñas, niños y adolescentes deberá definirse en un plazo no mayor a 120 días.
El DOF publica decreto sobre la CURP
La reforma se publicó de la siguiente manera en el Diario Oficial de la Federación (DOF) :
Artículo Segundo.- Se adicionan los artículos 91, párrafo segundo; 91 Bis; 91 Ter; 91 Quater; 91 Quinquies; 91 Sexies; y 114 Bis, de la Ley General de Población, para quedar como sigue:
Artículo 91.- ...
La Clave Única de Registro de Población es la fuente única de identidad de las personas, de nacionalidad mexicana, o extranjera que se encuentre en condición de estancia regular en el país, integrada de una secuencia alfanumérica de 18 caracteres que permite identificarlas, la cual contará con, al menos, los siguientes datos:
I. Nombres y apellidos, según corresponda;
II. Fecha de nacimiento, empezando por año, mes y día;
III. Sexo o género;
IV. Lugar de nacimiento, y
V. Nacionalidad.
Artículo 91 Bis.- La Clave Única de Registro de Población que, además de los datos previstos en el artículo 91 de esta Ley, contenga huellas dactilares y fotografía, será el documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional, y estará disponible en formato físico y digital.
La Secretaría de Gobernación llevará a cabo acciones para integrar los datos biométricos de las personas a la Clave Única de Registro de Población, mediante:
I. La transferencia de los datos biométricos que obren en poder de las autoridades de los tres órdenes de gobierno al Registro Nacional de Población, previa autorización de su titular, o
II. La asistencia de los titulares a los centros que al efecto habilite la Secretaría de Gobernación para tal efecto.
La integración de los datos biométricos se realizará, previo consentimiento de las personas titulares.
La Secretaría de Gobernación, a través del Registro Nacional de Población, establecerá mecanismos de coordinación y colaboración con las distintas autoridades de los tres órdenes de gobierno para los fines del presente artículo.
¿Cuándo entra en vigor?
El mismo documento oficial establece que la Secretaría de Gobernación, con el apoyo técnico de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, desarrollará la Plataforma Única de Identidad en un plazo no mayor a 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto, que en este caso entró en vigor el 17 de julio, por lo que será el 14 de octubre cuando entre en vigor.
Además, en su artículo 91 Sexies detalla que todo ente público o particular estará obligado a solicitar la Clave Única de Registro de Población para la prestación de sus trámites y servicios.
¿Dónde se tramita la CURP biométrica?
En oficinas gubernamentales como los módulos del Registro Civil, oficinas habilitadas por la Secretaría de Gobernación y el Registro Nacional de Población. Entre los documentos que se deben presentar, se establecen los siguientes:
- Acta de nacimiento certificada
- Identificación oficial vigente (INE o pasaporte)
- CURP tradicional validada
- Comprobante de domicilio (no mayor a tres meses)
- Correo electrónico activo
- En el caso de menores de edad, deberán acudir acompañados de sus padres o tutores legales.
- El trámite establece un formato físico y uno digital.
Es importante que la ciudadanía esté atenta a los avisos del gobierno Federal en donde anuncie que comenzarán los trámites de este documento oficial.
¿Qué pasará con la CURP certificada?
Aunque en el DOF se establece que se solicitará la CURP biométrica, se prevé que se implemente de manera gradual, por lo que presentar la CURP certificada sigue como un documento válido.