Lo que hará el INE “no es una revisión general tal como lo hicimos en el proceso electoral pasado. Y me parece que no hay condiciones por la insuficiencia presupuestal para que nosotros podamos hacer una revisión total”, admitió la consejera presidenta de la Comisión, Claudia Zavala.
Por eso, además de la declaración firmada bajo protesta de decir verdad que deberá presentar cada candidatura, “vamos a actuar a partir de las denuncias que se presenten, ya sea por personas o por organizaciones de la sociedad civil”, añadió.
Expuso que existe esa necesidad, pues “los Comités (de Evaluación de los tres Poderes) intervinieron y no lo hicieron, el tiempo del que disponemos y los recursos son muy cortos, este es el trabajo operativo que nos podría llevar a hacer una revisión, sobre todo en aquellos casos donde haya un cuestionamiento”.
La Reforma Judicial no estableció expresamente la obligación de que los candidatos a cargos judiciales debieran cumplir con los mismos requisitos de respeto a los derechos e integridad de las mujeres que se exigen a otros contendientes electorales.
Sin embargo, explicó Zavala, la Constitución y las leyes electorales indican los requisitos de elegibilidad para ejercer un cargo de representación popular y ahora los cargos judiciales son cargos de representación, por lo que la “ocho de ocho” no es un requisito nuevo.
El formato tendrá que ser firmado por cada una de las personas candidatas –dijo- y en algunas entidades donde ya tienen sus listas en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios, las personas candidatas de esas entidades deben tener esa constancia de no estar inscritas ahí.
En el caso de candidatos que estén en entidades donde no existe tal registro (Baja California, Chihuahua, Colima, Sinaloa, Sonora y Zacatecas) deberán signar un formato dos donde.
El Proyecto de Acuerdo por el que se aprueba el procedimiento a seguir para constatar que las personas candidatas a cargos en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación no hayan incurrido en alguno de los supuestos del artículo 38 de la Constitución y 442 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) indica que los candidatos deberán firmar que no están condenados ni sancionados por alguno de los ocho supuestos de violencia de género:
- Comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal;
- Contra la libertad y seguridad sexuales;
- Cuando afecte el normal desarrollo psicosexual;
- Violencia familiar;
- Violencia doméstica;
- Violación a la intimidad sexual;
- Violencia política, y
- Ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
El acuerdo será llevado a la sesión de Consejo General del INE el miércoles 23 de abril. La consejera presidenta Guadalupe Taddei anticipó su rechazo, pues en “observaciones” al documento aprobado por la comisión alegó que el requisito no aplica para estos cargos judiciales.