En la propuesta, la cual será sería discutida este 6 de febrero pero fue aplazada una semana a propuesta de las ministras Yasmín Esquivel, Lenia Batres y Loretta Ortiz para dar oportunidad a que los magistrados electorales rindan su informe a más tardar el 11 de febrero, el ministro propone una solución que restablezca la legalidad e institucionalidad que, considera, se ha erosionado.
El ministro explica que ordenar la anulación de las resoluciones de jueces y magistrados de circuito, además de las decisiones tomadas por legisladores y autoridades sería también inventar un procedimiento que no existe para resolver la situación.
Por eso, en su lugar ordena reencauzar a la legalidad las actuaciones de todos los involucrados: a las autoridades ejecutivas y legislativas acatar suspensiones y, en su caso, combatirlas jurídicamente; a jueces y magistrados resolver juicios y medidas cautelares, pero en el entendido de que el amparo no procede en materia electoral.
Así, plantea dar un plazo de 24 horas, a partir de la aprobación de la sentencia, para que sean los mismos Jueces y Tribunales de Circuito los que revisen las medidas cautelares de suspensión que dictaron, a la luz del criterio de que en materia electoral no procede el amparo, salvo en casos que afectan derechos humanos.
También obliga a las autoridades que estén inconformes con sentencias de jueces y tribunales colegiados, a cumplir con las suspensiones que les fueron ordenadas.
Esto tienen como fin que, en su caso, litiguen y defiendan sus posturas por las vías institucionales (a través de quejas en Tribunales Colegiados) y no incurran en desacatos selectivos de órdenes judiciales.
Otro efecto de la sentencia que se propone es revocar las resoluciones de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en las que se autorizó al Instituto Nacional Electoral (INE), al Senado y a los comités de Evaluación de los tres poderes no acatar las suspensiones dictadas por jueces para detener la organización de la elección judicial o la definición de candidatos.
Esas sentencias se emitieron sin tener facultades en materia de amparo por lo que, concluye el ministro en su proyecto, el Tribunal Electoral adoptó una competencia extra-legal, pues pretendió erigirse en revisor de los jueces y con ello violó la independencia judicial.
El proyecto del ministro Ortiz propone esas vías para restaurar el Estado de Derecho vulnerado –señala– por los tres poderes.
El Ejecutivo incurrió en esa violación pues en septiembre pasado desacató la orden de no promulgar la Reforma Judicial y lo hizo sin promover un recurso por la vía institucional ante un Tribunal Colegiado.
El Legislativo también vulneró el estado de Derecho, pues al Senado y a los congresos locales se les ordenó no avanzar en el proceso de la Reforma Judicial, entre agosto y septiembre de 2024 y no cumplieron; mientras que a los senadores y diputados se les ordenó de la misma forma no avanzar en la conformación de los Comités de Evaluación de los tres poderes, pero desacataron las órdenes y no las combatieron jurídicamente.
El Poder Judicial asimismo afectó el Estado de Derecho, se expone en el proyecto de sentencia, pues no sólo la Sala Superior del Tribunal Electoral se excedió en sus atribuciones y se abrogó la tarea de invalidar suspensiones de amparo, sino que los jueces que dieron entrada a solicitudes de amparo en materia electoral también lo hicieron pese a que carecen de facultades.
Entre ambas instancias, el Tribunal Electoral y los jueces, lo que se libró, de acuerdo al ministro, fue “una disputa de autoridad".
“Ambos tienen una pretensión de superioridad jurisdiccional que los lleva a considerar que no se debe escuchar al otro”, agregó.