La Ley Olimpia, aprobada en la Ciudad de México en 2019 y luego a nivel nacional en 2021, contempla la manipulación de imágenes con Inteligencia Artificial como una forma de violencia digital.
Comete delito contra la intimidad sexual “quien videograbe, audiograbe, fotografíe, filme o elabore, imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido sexual íntimo, de una persona sin su consentimiento o mediante engaño”, indica el Artículo 181 Quintus del Código Penal capitalino.
No obstante, hay una falta de capacidad aún en la Fiscalía de la ciudad –en sus Ministerios Públicos, Policías de Investigación, peritos y psicólogos– para atender este tipo de casos, señala Leslie Jiménez Urzúa, coordinadora de Proyectos en Impunidad Cero.
“Se publica la ley y no tenían unidades especializadas, no sabían cómo se tenía que iniciar la carpeta ni qué pruebas pedir a las víctimas. Si como Fiscalía no tienes herramientas técnicas, peritos técnicos para poder llevar la investigación, el resultado a va a ser que lo dejes en libertad sin haber hecho gran cosa o detenerlo y pensar en una judicialización sin saber si tienes los elementos necesarios para llevar el caso a un juicio”, dice en entrevista con Expansión Política.
Asimismo, el Índice de Desarrollo Digital Estatal (IDDE) 2023, elaborado por el Centro México Digital (CMD), señala que actualmente solo existen, en promedio, cuatro agentes de policía cibernética por cada millón de habitantes, quienes están encargados exclusivamente de la supervisión y el combate de delitos en el ámbito digital.