Asimismo, precisa que “las entidades federativas deberán prever recursos para atender a la población en situación de emergencia y, en su caso, la infraestructura pública estatal que hubiera sido afectada por la ocurrencia de uno o más fenómenos naturales.
“Es obligación y responsabilidad de las entidades federativas la emisión y publicación de su instrumento jurídico para la atención de la emergencia o desastre. Los gobiernos de las entidades federativas, municipales y demarcaciones territoriales deberán contratar seguros e instrumentos de administración y transferencia del riesgo de desastres para la cobertura de daños causados por un fenómeno natural”, indica la propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador.
A diferencia de la ley vigente, se propone ahora que se emitan acuerdos por los que se establece una situación de desastre, que ya no requerirán (como hoy) una declaratoria de emergencia por municipio, “sino que el acuerdo se emitirá por entidad federativa, con el fin de que la aplicación de recursos abarca el conjunto de municipios que fueron afectados, sin necesidad de una declaratoria” por cada uno.
Además, la nueva ley incluye un instrumento que se llama el acuerdo por el que se establece en términos de situación de emergencia, para establecer un límite temporal a la aplicación de recursos cuando haya concluido la emergencia. Sin embargo la conclusión no está prevista para el caso de los “acuerdos por el que se establece una situación de desastre" dado que la magnitud de los daños puede prolongarse.
La iniciativa de ley regula los donativos y prevé que las autoridades en los diferentes niveles de gobierno “determinarán con apego a la regulación local, los criterios sobre el destino de los donativos para la atención de emergencias o desastres".
Los donativos deberán ser verificables y específicamente dedicarse a la población afectada, además de que “podrán ser deducibles de impuestos siempre que cumplan con los requisitos fiscales “.