El fallo de la Corte fue en contra del proyecto de la ministra Loretta Ortiz en el que se proponía declarar infundada la omisión del Senado para designar a los comisionados faltantes del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Además, se resolvió que se elabore un nuevo proyecto:
“Se desecha el proyecto y se returna a un ministro de la mayoría”, anunció la ministra presidenta Norma Piña Hernández, tras la discusión y votación del proyecto de su par Loretta Ortiz.
Tras ese fallo, será durante el segundo periodo de sesiones cuando se conocerá el nuevo proyecto y se determinará si el órgano autónomo de transparencia podrá sesionar o no con cuatro de sus siete integrantes, luego de la parálisis en que se encuentra desde el 1 de abril por falta de quórum legal.
¿Cómo fue la sesión en la Corte?
Durante la sesión, la ministra Margarita Ríos Farjat consideró que la falta no es la omisión del Senado en sí misma, sino que el INAI está incompleto y no puede sesionar.
Propuso realizar un exhorto al Senado de la República para que en breve término continúe con el procedimiento y designe a los comisionados faltantes.
“Y por breve término me refiero a que se tome este proceso de designación con un carácter de urgencia y prioridad para que culmine el nombramiento de las tres personas comisionadas que integrarán el Pleno del INAI y permitir así su funcionamiento regular y ordinario, conforme al artículo sexto constitucional en beneficio del pueblo de México”, dijo.
El ministro Javier Laynez Potisek respaldó esa propuesta de Ríos Farjat.
“Yo me voy a sumar a la propuesta que hizo, de ser el caso y conforme a los efectos, si entendí bien, la ministra Margarita Ríos Farjat, de establecer como mínima la posibilidad del órgano… mientras se realizan y encuentran los consensos en el Poder Legislativo, pueda atender los recursos”, acotó.
Y si bien el ministro Arturo Zaldívar respaldó el proyecto de Ortiz en el sentido de que no hubo omisión del Senado, dijo:
“Al mismo tiempo voto porque este Tribunal pleno, no como efecto de la sentencia, que también se podía hacer, sino como resultado directo de la cuestión efectivamente planteada que es lo que provocó que el INAI viniera a esta controversia, se le autorice a funcionar con los comisionadas y comisionados que tienen hasta en tanto el Senado no realice los nombramientos que obviamente tiene obligación hacer en términos de la Constitución”.