Ello, en términos de lo dispuesto por el artículo 97, quinto párrafo, de la Constitución Federal y 12 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que establece que cada cuatro años el Pleno de la SCJN elegirá de entre sus miembros a su Presidente.
¿Qué hace la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación?
De acuerdo a los artículos 12 al 14 de la Ley Orgánica del PJF, así como sus reglamentos Interior de la Corte y Orgánico en Materia de Administración, entre las tareas de la presidencia de la Corte están:
-Es responsable de la dirección de la Suprema Corte y del Consejo de la Judicatura Federal, y funge como representante del Poder Judicial Federal por un periodo de cuatro años.
-Autorizar los lineamientos para la elaboración de los programas anuales de trabajo, los programas anuales de necesidades y el proyecto de presupuesto de la Suprema Corte y del Consejo de la Judicatura Federal.
-Tramitar los asuntos de la competencia del Pleno de la Suprema Corte.
-Autorizar las listas de los asuntos, dirigir los debates y moderar las sesiones de los Plenos de la SCJN y el CJF.
-Firmar las resoluciones del Pleno de la SCJN, junto con la o el ponente y con la Secretaría General de Acuerdos, que dará fe.
-Establecer comités de Ministras y Ministros como instancias de consulta y apoyo en la administración de la SCJN.
-Rendir informes ante las y los Ministros de la SCJN, las y los miembros del CJF, así como representantes de los demás Poderes de la Unión.