El pasado 10 de octubre, la Corte invalidó una parte del artículo 2, párrafo cuarto de la Constitución de Aguascalientes, que reconocía el derecho a la vida “desde su concepción hasta la muerte natural”, iniciativa que fue impulsada por la organización Frente Nacional por la Familia (FNF) en la entidad y entró en vigor en marzo de 2021.
La diputada Paloma Cecilia Amezquita Carreón, integrante del grupo parlamentario mixto del PAN y del PRD, fue quien llevó la propuesta que antes de llegar al pleno del Congreso, obtuvo su aprobación en las comisiones Unidas de Familia y Derechos de la Niñez y de Gobernación y Puntos Constitucionales.
De acuerdo con la diputada panista, con dicha reforma se reconocía la personalidad jurídica de todo ser humano. No obstante, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no contempla ese precepto (que la vida se considera a partir de su concepción), por lo que la Constitución local no puede apelar a esa interpretación.
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Al respecto, organizaciones como Morras Help, Terfu, CECADEC y Cultivando Género impulsaron acciones de inconstitucionalidad en conjunto con comisiones de Derechos Humanos y pidieron al Congreso del Estado no aprobar iniciativas que vulneren los derechos humanos de las mujeres.
“Les recordamos que los derechos humanos tienen que ser progresivos y que la protección a la vida desde la concepción impide esta progresión. Los tratados internacionales que México ya firmó exhortan a las autoridades a legislar a favor de la interrupción legal del embarazo”, señalaron.