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La Corte pone límites a legisladores estatales en materia de aborto

Feministas en defensa de la interrupción legal del embarazo celebran que la Corte determinó que los congresos locales no pueden modificar la Constitución; grupos en contra recriminan la decisión.
dom 23 octubre 2022 11:32 AM
aborto-aguascalientes
Los ministros de la Corte invalidaron la porción normativa, que reconocía el derecho a la vida "desde la concepción y hasta la muerte natural".

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) delimitó el poder que tienen las entidades federativas respecto a decidir sobre los derechos de las mujeres sobre el embarazo al declarar inconstitucional un precepto que avaló el Congreso de Aguascalientes en el que se reconocía el derecho a la vida "desde la concepción y hasta la muerte natural".

La Corte determinó que los estados no están facultados para modificar el concepto de persona en sus constituciones locales y que la porción normativa que avalaron los legisladores hidrocálidos era inconstitucional, lo que generó visiones encontradas entre organizaciones feministas y grupos conservadores.

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El pasado 10 de octubre, la Corte invalidó una parte del artículo 2, párrafo cuarto de la Constitución de Aguascalientes, que reconocía el derecho a la vida “desde su concepción hasta la muerte natural”, iniciativa que fue impulsada por la organización Frente Nacional por la Familia (FNF) en la entidad y entró en vigor en marzo de 2021.

La diputada Paloma Cecilia Amezquita Carreón, integrante del grupo parlamentario mixto del PAN y del PRD, fue quien llevó la propuesta que antes de llegar al pleno del Congreso, obtuvo su aprobación en las comisiones Unidas de Familia y Derechos de la Niñez y de Gobernación y Puntos Constitucionales.

De acuerdo con la diputada panista, con dicha reforma se reconocía la personalidad jurídica de todo ser humano. No obstante, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no contempla ese precepto (que la vida se considera a partir de su concepción), por lo que la Constitución local no puede apelar a esa interpretación.

Al respecto, organizaciones como Morras Help, Terfu, CECADEC y Cultivando Género impulsaron acciones de inconstitucionalidad en conjunto con comisiones de Derechos Humanos y pidieron al Congreso del Estado no aprobar iniciativas que vulneren los derechos humanos de las mujeres.

“Les recordamos que los derechos humanos tienen que ser progresivos y que la protección a la vida desde la concepción impide esta progresión. Los tratados internacionales que México ya firmó exhortan a las autoridades a legislar a favor de la interrupción legal del embarazo”, señalaron.

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Invalidan porción normativa

Fue así que hace unos días, el Pleno de la Corte discutió y votó las acciones de inconstitucionalidad 72/2021 y su acumulada 74/2021, promovidas por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que demandaron la invalidez del Artículo 2, párrafo cuarto, de la Constitución local.

Para la Corte, la norma impugnada puede comprometer el ejercicio de los derechos a la autonomía reproductiva, vida, igualdad, salud e integridad personal de las mujeres y personas gestantes.

”Simplemente, que se declara la invalidez únicamente de la porción normativa 'desde su concepción hasta su muerte natural' del precepto impugnado y surte sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso del Estado”, señaló el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.

Por su parte, el ministro Luis María Aguilar consideró que el artículo citado “tiene una definición bastante curiosa". "Dice que 'desde la concepción, hasta la muerte natural', o sea, si muere por accidente ¿ya no se le considerará persona? O sea, esa definición y ese agregado de la calificación de 'natural' tampoco vendría el caso", expuso.

Este tipo de determinaciones, además de que no tienen competencia para determinarlo las legislaturas estatales, vulneran los derechos a decidir, del libre desarrollo de la personalidad, los de igualdad y no discriminación, así como de libertad reproductiva y sexual de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Sobre el tema del aborto, el ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, sostuvo que no significa que "todas las mujeres tienen que abortar" ni tampoco "que el aborto es un método de planificación familiar”.

“Lo único que hemos dicho es que las mujeres tienen este derecho humano a interrumpir su embarazo, a decidir sobre su maternidad y que la maternidad será deseada o no será. Eso es de lo que estamos hablando. Si me abortaron a mí o no me abortaron es totalmente irrelevante. Esto no se trata de mí, se trata de los derechos de las mujeres”, abundó.

Estas declaraciones las ofreció durante su conferencia mensual, luego de que la senadora del Partido del Trabajo (PT) Martha Márquez se plantó a un lado con una cartulina en la que se leía: “Ministro presidente Arturo Zaldívar: si su mamá hubiera abortado usted no sería presidente”.

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Chocan visiones

Organizaciones feministas que defienden la interrupción legal del embarazo celebraron el fallo de la Corte, mientras que grupos conservadores recriminaron esa decisión, pues advierten que puede abrir la puerta a la legalización del aborto.

Carlos García Villanueva, dirigente del Frente Nacional por la Familia, advirtió que harán “todo lo que sea necesario para seguir protegiendo la vida en Aguascalientes”.

García dijo que una “injusticia” de la Corte y adelantó que buscarán “blindar” la vida desde su concepción, por lo que ya se analiza el marco jurídico y social para frenar que se promueva “abiertamente el aborto en la entidad”.

Además, consideró que, detrás de la decisión de la Corte, están las corporaciones que "promueven" el aborto en América Latina, incluido México.

Mientras tanto, el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) celebró el fallo de los ministros de la Corte.

“La SCJN invalidó la cláusula que protegía la vida desde la concepción en la Constitución de Aguascalientes. Celebramos que con la decisión del Pleno se reafirme la autonomía reproductiva de las mujeres y de las personas con capacidad de gestar. ¡Felicidades a las colectivas por este logro!”, enfatizó.

La criminalización del aborto

El 7 de septiembre del 2021, la Suprema Corte resolvió por unanimidad de diez votos que es inconstitucional criminalizar el aborto de manera absoluta y se pronunció por primera vez a favor de garantizar el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir, sin enfrentar consecuencias penales.

Lo anterior, tras declarar la invalidez del artículo 196 del Código Penal de Coahuila que establecía una pena de prisión a la mujer que voluntariamente practicara su aborto o a quien la hiciere abortar.

Estableció entonces que criminalizar de manera absoluta la interrupción del embarazo es inconstitucional.

A la Ciudad de México, donde desde el 2009 es posible abortar voluntariamente hasta las 12 semanas de gestación, se han sumado Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Coahuila, Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero y Baja California Sur: 10 de las 32 entidades federativas.

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