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TEPJF revoca medida preventiva emitida por el INE en contra de nueve morenistas

Se revocó la medida preventiva al considerar que no se advierte una conducta ilícita que justifique su adopción.
lun 01 agosto 2022 08:48 PM
morenistas
La medida preventiva se emitió después de los eventos multitudinarios de Morena en Edomex y Coahuila.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la medida preventiva emitida por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), que ordenaba a nueve funcionarios morenistas abstenerse de asistir y organizar eventos proselitistas que pudieran constituir actos anticipados de campaña rumbo a los procesos electorales de 2023 y 2024.

La Comisión del INE había emitido la medida cautelar en contra de Minerva Citlalli Hernández, secretaria general de Morena y senadora con licencia; Marina del Pilar Ávila Olmeda, gobernadora de Baja California; Alfredo Ramírez Bedolla, gobernador de Michoacán; Carlos Manuel Merino Campos, gobernador de Tabasco; María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, gobernadora electa de Quintana Roo; Américo Villarreal Anaya, gobernador electo de Tamaulipas; Sergio Carlos Gutiérrez Luna, presidente de la Cámara de Diputados federal; Mario Rafael Llergo, diputado federal, y Andrea Chávez Treviño, diputada federal.

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Lo anterior, en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Superior en la sentencia SUP-REP-538/2022 y con motivo de su asistencia a eventos en el Estado de México y Coahuila, informó el Tribunal Electoral.

Sin embargo, en contra de la medida cautelar, se presentaron diversos recursos de revisión del procedimiento especial sancionador.

La Sala Superior del Tribunal, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, con los votos en contra del magistrado Indalfer Infante Gonzales y del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, revocó la medida preventiva al considerar que, de un análisis preliminar, no se advierte una conducta ilícita que justifique su adopción.

“Al respecto, se indicó que la tutela preventiva es una protección contra el peligro de que una conducta ilícita continue o se repita, por lo que para su adopción se requiere una probabilidad alta, real y objetiva de que tales conductas se llevarán a cabo”.

El Tribunal indicó que no hay elementos para considerar que las conductas denunciadas fueron ilícitas, pues los servidores públicos en cuestión: “i) no tuvieron una participación activa en el evento denunciado; ii) acudieron en día inhábil; y iii) en el caso de los parlamentarios, no se ausentaron de sus labores”.

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