Para la Ley General de Salud, todos los galenos forman parte del Sistema Nacional de Salud, establecieron los ministros en sesión pública.
Y es que un par de tribunales colegiados de circuito llegaron a conclusiones discrepantes al analizar si la suspensión debe ser abordada de oficio o a petición de parte, además si se debe conceder la medida cautelar en los casos en que se reclama la omisión de las autoridades de vacunar contra el virus SARS-CoV-2 a médicos en del sector privado que prestan de manera cotidiana la atención médica.
La Sala determinó que, sin importar si los médicos pertenecen al sector público o privado, debe priorizarse la vacunación, ya que la omisión de vacunar a los segundos constituye un acto violatorio de la dignidad humana por ser discriminatorio respecto de sus pares que laboran en el sector público.
Además, al no estar vacunados, los médicos prestan sus servicios sin la protección inmunológica necesaria para disminuir las posibilidades de contagio o evitar desarrollar formas graves de la enfermedad, dado que se encuentran en la primera línea de exposición.