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Ministra busca eliminar “candado” que impide a exfuncionarios trabajar en la IP

La ministra Norma Lucía Piña considera que la norma impugnada por legisladores de la oposición restringe "desproporcionadamente" la libertad de trabajo, en este caso en la iniciativa privada.
mar 29 marzo 2022 11:27 AM
(La ministra Norma Lucía Piña Hernández, Presidenta de la Comisión Permanente de Género y Acceso a la Justicia de la Cumbre Judicial Iberoamericana)
Piña Hernández hizo público su proyecto de resolución tras la acción de inconstitucionalidad que promovieron senadores de oposición para impugnar la referida Ley, vigente desde 2019.

Norma Lucía Piña, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), propondrá a sus pares declarar la invalidez del artículo 24, párrafo segundo, de la Ley Federal de Austeridad Republicana (LFAR), que prohíbe a los exservidores públicos de alto nivel trabajar en la iniciativa privada durante 10 años para evitar un conflicto de interés.

Piña Hernández hizo público su proyecto de resolución tras la acción de inconstitucionalidad que promovieron senadores de oposición para impugnar la referida Ley, vigente desde 2019.

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En la norma se establece que los servidores públicos, comprendidos en los grupos jerárquicos de mando superior, que por cualquier motivo se separen de su cargo, no podrán:

“Ocupar puestos en empresas que hayan supervisado, regulado o respecto de las cuales hayan tenido información privilegiada en el ejercicio de su cargo público, salvo que hubiesen transcurrido al menos 10 años”.

Para eliminar ese “candado”, se deberá contar con una mayoría calificada de ocho votos.

Se restringe la libertad de trabajo

En su proyecto de 257 hojas, la ministra de la Corte considera que el concepto de invalidez del Artículo 24, párrafo segundo, “es fundado, porque la norma impugnada restringe desproporcionadamente la libertad de trabajo”.

“La duración de diez años de la prohibición de laborar en empresas privadas que los exfuncionarios hayan regulado, supervisado o respecto de las cuales hayan tenido información privilegiada, va más allá de lo que es razonable para proteger los fines perseguidos por la medida”, consideró.

Piña asegura no desconocer que la Ley busca “evitar actos de corrupción que afecten los intereses del servicio público, eliminando incentivos y conflictos de interés que puedan traducirse, por una parte, en que los servidores dañen los intereses públicos al ejercer su función para beneficiar a empresas privadas, con la esperanza o en virtud de la promesa de que serán contratados por las mismas al terminar su gestión”.

Y por otra –agrego– evitar que empresas privadas obtengan ventajas indebidas que distorsionen las condiciones de libre competencia necesarias para el funcionamiento de un mercado libre (lo que constituye un bien público), así como que obtengan información privilegiada en perjuicio del Estado, cuyo uso pueda dañar o entorpecer el ejercicio eficaz de la actividad pública.

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En su momento, la senadora del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y ex subsecretaria de Hacienda, Vanessa Rubio, estimó que la legislación afectaría a más de 1.4 millones de servidores públicos que por cualquier motivo se separen de su cargo.

Durante la sesión, prevista para el 4 de abril, la ministra Piña también propondrá al Pleno invalidar la porción normativa del artículo 61, párrafo segundo de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

En esta se señala que los ahorros presupuestarios, producto de la aplicación de medidas de austeridad, serán canalizados al destino que por decreto determine el titular del Ejecutivo Federal.

La juzgadora considera que “ello no es compatible con la facultad exclusiva de la Cámara de Diputados de aprobar el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), prevista en el artículo 74, fracción IV, constitucional”.

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