En su sentencia, la Sala Superior del TEPJF resolvió, por una parte, confirmar la determinación emitida por la Sala Regional Especializada respecto de la existencia de una violación al principio constitucional de separación iglesias-Estado por parte del cardenal emérito Juan Sandoval Íñiguez, del cardenal Carlos Aguiar y del sacerdote Mario Ángel Flores Ramos.
Ello, al considerar que, con la difusión de sus videos en redes sociales, influyeron en el voto de la ciudadanía en el proceso electoral celebrado el 6 de junio de 2021.
Durante la revisión de impugnaciones a los comicios de 2021, el TEPJF en concreto señaló que mensajes del cardenal Sandoval interfirieron con el resultado de contiendas en Jalisco. Por esa razón, anuló la elección en Tlaquepaque.