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El Tribunal Electoral confirma la pérdida del registro para PES, RSP y FxM

Por mayoría, los magistrados avalaron que los tres partidos desaparezcan. En el caso de Fuerza por México, un magistrado planteaba restituirle el registro, pero la idea no prosperó.
mié 08 diciembre 2021 04:05 PM
Partidos que perderán el registro
PES, Fuerza por México y RSP obtuvieron su registro en 2020.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de retirar el registro como partidos políticos nacionales a Fuerza por México (FxM), Encuentro Solidario (PES) y Redes Sociales Progresistas (RSP).

El 1 de octubre pasado, el INE aprobó por unanimidad la declaratoria de pérdida de registro de los tres partidos, al no haber obtenido por lo menos el 3% de la votación válida en la elección federal ordinaria del pasado 6 de junio.

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Durante la contienda, el PES ganó el 2.85%; FxM, el 2.59%, y RSP, el 1.83%.

En el caso de FxM, el magistrado Indalfer Infante propuso regresarle el registro. Infante consideró que la pandemia sí afectó las posibilidades de FxM de obtener más votos. Sin embargo, su planteamiento no prosperó. Los demás magistrados estimaron que no había razón para favorecerlo, pues el COVID-19 afectó a todas las fuerzas políticas.

La votación por la pérdida del registro de FxM quedó seis a uno, igual que la votación relativa al PES. La correspondiente a RSP fue unánime.

Los posicionamientos

En la ronda de posicionamientos, magistrados como Felipe Fuentes expusieron que no puede flexibilizarse la norma que establece que para mantener el registro los partidos necesitan al menos 3% de los votos de una elección.

“La regla es clara, tiene un supuesto y tiene una consecuencia”, dijo Fuentes, al rechazar la propuesta del magistrado Infante.

Janine Otálora y Reyes Rodríguez, magistrado presidente de la sala, señalaron también que es a la ciudadanía a la que corresponde decidir qué partidos permanecen en el sistema político y cuáles no.

“El sistema de partidos políticos debe estar siempre supeditado al poder soberano de la ciudadanía y a las normas que nos rigen”, argumentó Rodríguez.

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El magistrado José Luis Vargas también señaló en su turno que el umbral del 3% aprobado por el Congreso no admite interpretaciones. “Juramos hacer valer la Constitución”, dijo.

“Esta norma del 3% tiene que ver con hacer valer y respetar la voluntad popular, y esa voluntad popular está directamente asociada en nuestro texto constitucional”, añadió.

La magistrada Mónica Soto argumentó que la redacción del artículo 41 constitucional no deja duda de cuál fue la idea del Congreso, es decir, que al partido que no obtenga el 3% del total de la votación válida emitida en una elección le será cancelado el registro.

Con esta resolución, deberá seguir su marcha el proceso de extinción de estas tres fuerzas políticas, que habían obtenido su registro en 2020.

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