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Tribunal Electoral prevé confirmar pérdida de registro de RSP

Redes Sociales Progresistas, partido dirigido por el yerno de Elba Esther Gordillo, no alcanzó el 3% de la votación de la reciente elección federal intermedia.
mié 01 diciembre 2021 12:28 PM
(Obligatorio)
Los candidatos "famosos" de Redes Sociales Progresistas no le ayudaron al partido a conservar su registro en este 2021.

La Sala Superior de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) prevé confirmar la pérdida del registro del partido Redes Sociales Progresistas (RSP), al no haber alcanzado el 3% de la votación de la reciente elección federal intermedia, según el proyecto del magistrado Reyes Rodríguez.

En la elección de diputaciones federales celebrada el 6 de junio, RSP obtuvo el 1.8348 % y el 1.8311 % para las diputaciones por el principio de mayoría relativa y representación proporcional, respectivamente.

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Sin embargo, de acuerdo al proyecto que circuló el magistrado presidente Rodríguez Mondragón, “el recurrente se ubica en la hipótesis normativa del artículo 41, constitucional, conforme a la cual, por no alcanzar el 3 % de la votación en cualquiera de las elecciones debe perder su registro”.

El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el 23 de septiembre, la pérdida de registro de RSP, así como de Encuentro Solidario y Fuerza Por México, al encontrarse en el supuesto del artículo 41 constitucional.

Ante ello, el partido comandado por Fernando González –yerno de la exlideresa magisterial Elba Esther Gordillo-, impugnó esa decisión ante la Sala Superior y entre las razones de su defensa argumentó que la pandemia y la violencia impidió que los ciudadanos ejercieran el derecho a votar.

Esto es, entre otros, dijo que “habría obtenido más votos en la elección de diputaciones federales, si la violencia no hubiera atemorizado a los habitantes de los 790 municipios referidos (204 con marginación muy alta, más 586 con marginación alta”.

Sin embargo, en el proyecto en cuestión se considera “que el razonamiento del recurrente es inválido”, amén de que no proporcionó ningún elemento de prueba.

RSP también argumentó que no alcanzó el 3% de la votación debido a la inequidad que hubo en la contienda, pues partidos como Morena recibieron más recursos públicos. Al respecto e incluso, denunció que otros partidos o fuerzas políticas “compraron” a sus candidaturas para que declinaran y se retiraran de la contienda.

Un elemento más que denunció fue “la intervención del Estado en el proceso electoral, llamando al voto por otro partido y ocurrió la participación de influencers el día dela jornada electoral a favor del PVEM”.

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Al respecto, el proyecto del magistrado Reyes Rodríguez que será puesto a consideración del pleno en la sesión pública virtual que se celebrará este miércoles, considera que los anteriores agravios son infundados.

“El recurrente no demostró que alguna de las causas extraordinarias alegadas, o todas, en conjunto, hayan tenido el desenlace alegado, respecto a su imposibilidad de alcanzar el 3 % de la votación”, precisa el documento de 161 fojas.

Además, parte de una base inexacta, al considerar que existel una relación de causalidad o de consecuencia necesaria, entre haber obtenido el registro como partido político nacional en circunstancias extraordinarias y la imposibilidad de alcanzar el porcentaje de votos necesario para conservarlo.

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