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Revocación de mandato: el TEPJF avala las firmas en papel en todo el país

El tribunal electoral determinó que la recolección de firmas podrá hacerse en papel cuando este formato solo estaba permitido en los 204 municipios con mayor marginación.
mié 03 noviembre 2021 09:54 PM

Este miércoles, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le notificó al Instituto Nacional Electoral (INE) la resolución que adoptó mediante la cual, el órgano electoral deberá permitir el uso de los formatos de papel en todo el país en la recolección de firmas de apoyo para el eventual ejercicio de la revocación de mandato, informó la consejera Claudia Zavala.

Ello, dijo a Expansión Política, toda vez que los lineamientos del INE permitían que las firmas de apoyo se realizaran solo en papel en los 204 municipios con mayor marginación.

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Además, de acuerdo con los lineamientos aprobados por el instituto, los promoventes podrán hacer uso de una aplicación móvil para recabar las firmas de respaldo al ejercicio revocatorio impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Para la consejera electoral, con el fallo de la Sala Superior del TEPJF, el INE deberá analizar si se deberán modificar los plazos para el ejercicio de democracia directa, previsto para el 27 de marzo de 2022.

“(La resolución de la Sala Superior) nos pone en una situación muy compleja por los tiempos que manejamos (…) ojalá se haya visto la posibilidad de alguna ampliación de plazos”, dijo Zavala Pérez.

Además, comentó que “se trata de un tema complejo porque nosotros solo tenemos 20 días para verificar la autenticidad de las firmas y después, para hacer un muestreo”.

A ello se suma el hecho de que aun cuando se diera una ampliación del plazo, “la revocación de mandato está en la misma franja de tiempo con los (seis) procesos electorales (que se llevarán a cabo en 2022 en Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Tamaulipas y Quintana Roo)”, acotó.

La también integrante de la comisión de Quejas y Denuncias del INE precisó que, a diferencia de la aplicación móvil, el uso de los formatos de papel implica que se deban “recapturar” los datos del ciudadano “para poder hacer el cruce (de información) y poder definir si es válida o no ese apoyo” para el ejercicio revocatorio.

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De tal suerte que, en principio, el instituto deberá conocer la sentencia “y ver la forma en cómo vamos a operar y ver si los plazos que tenemos, los tenemos que modificar”.

Recordó que el instituto ya utilizó la app para la recolección de apoyos en para las candidaturas independientes lo que facilitaba la captura de los datos de la ciudadanía.

Zavala detalló que la aplicación le otorgaba al INE certeza y legalidad a todo el proceso previsto en la Constitución, además de que garantiza la protección y seguridad de los datos personales.

Explicó: “Era un modelo avalado por el tribunal, dado que en candidaturas independientes lo impugnaron, pero en su momento (la Sala Superior) dijo que el régimen de excepción era proporcional con la obligación del INE y con la facilidad que se daba a la ciudadanía (en papel)”.

Además, con la app no era necesario estar conectado a Internet al momento de recabar los datos de apoyo ciudadano “y en cualquier momento, cuando se contaba con ese servicio, se enviaban los datos y se tenía toda la certeza de los mismos”.

Claudia Zavala observó que, con el fallo del tribunal, el trabajo del INE será “más complejo sobre todo en tiempo, porque hay que tomar en cuenta que cada una de las voluntades (apoyos) debe ser auténtica.

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Recordó que en las firmas de apoyo para candidaturas independientes se documentaron firmas falsas, “donde lamentablemente podías ver copias de credencial (de elector) que provenían de programas sociales, incluso”.

O bien, algunos formatos en los que “en lugar de la firma de la ciudadana o ciudadano que brindaba el apoyo, habían copiado la firma del Secretario Ejecutivo del INE, Edmundo (Jacobo)”.

La consejera Zavala se reservó el derecho a opinar sobre el llamado que hizo el presidente Andrés Manuel López Obrador a la población para que participe en este ejercicio, situación que está prohibida por la ley en la materia.

Resaltó que los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial deben quedar al margen de este ejercicio. “No puedo ahora opinar porque no quisiera comprometer en ningún momento la función que tengo como integrante de la comisión de Quejas”, dijo.

Para que se pueda llevar a cabo el proceso de Revocación de Mandato, durante la captación de firmas y su verificación, se requerirá del 3% de los inscritos en la Lista Nominal de Electores; es decir, 2 millones 758,227 mexicanas y mexicanos.

Adicionalmente se requiere del respaldo del 3% de ciudadanas y ciudadanos inscritos en la Lista Nominal en al menos 17 de entidades.

Este ejercicio debe realizarse mediante votación libre, directa y secreta de la ciudadanía y será procedente con al menos la participación del 40% de las y los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores.

A más tardar el 10 de enero de 2022, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores entregará el informe de verificación de firmas, con el fin de que el Consejo General del INE evalúe y determine en caso de ser procedente el cumplimiento del porcentaje requerido y, en su caso, emitir la convocatoria a más tardar el 12 de enero de 2022.

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