¿Por qué está a discusión la constitucionalidad de la conciencia médica?
La discusión sobre la conciencia médica llegó a la SCJN luego de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad contra la reforma a la Ley General de Salud aprobada en 2018, en donde se estableció este derecho de médicos y personal de enefermería.
El artículo 10 Bis de esta ley establece que el personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Nacional de Salud, puede ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta Ley.
Aunque específica que cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, no podrá invocarse la objeción de conciencia, pues en caso contrario se incurrirá en la causal de responsabilidad profesional.
Sin embargo, la CNDH demandando la invalidez de los artículos 10 Bis, Segundo y Tercero Transitorios de la Ley General de Salud, al considerar que son violatorios del derecho a la salud, a la seguridad jurídica, a la integridad personal, a la vida , de derechos sexuales y reproductivos así como del derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de los hijos.
Arturo Zaldívar, quien votó en contra de la constitucionalidad de la objeción de conciencia, aseguró que esta reforma no legaliza la discriminación ni avala negar un aborto o tratamiento, pero crea un ambiente que perjudica a mujeres, la comunidad LGBT y otras minorías.
"La propuesta carece de perspectiva de género e interseccional, al no reconocer que son las mujeres, personas gestantes, personas de orientación sexual diversa y personas con menos recursos las que más sufren los impactos del ejercicio de la objeción de conciencia", señaló.
Con información de EFE.