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¿Qué ordena la Corte al Congreso de Yucatán sobre el matrimonio igualitario?

En 2019, el Congreso de Yucatán rechazó en dos ocasiones, con procesos irregulares, el dictamen que buscaba dar legalidad al matrimonio entre personas del mismo sexo.
jue 19 agosto 2021 12:30 PM

A dos años de la votación secreta con la que se rechazó el matrimonio entre personas del mismo sexo, el Congreso de Yucatán tendrá que repetir el proceso por orden de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El asunto llegó en 2020 al máximo tribunal, que este miércoles concedió el amparo, en contra de la decisión del Congreso del Estado, a una asociación civil y a personas integrantes de la comunidad LGBTI+ y sus familiares.

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¿Qué dice la Corte sobre el matrimonio igualitario?

Desde 2015, la Corte declaró inconstitucionales los códigos civiles estatales que impiden los matrimonios entre personas del mismo sexo, pero aún hay entidades, como Yucatán, que se resisten a reformar su ley. Por ello, las parejas de la comunidad LGBT+ tienen que recurrir a amparos para acceder a este derecho.

El matrimonio igualitario fue aprobado en junio de este año en Sinaloa y Baja California, que se sumaron a Campeche, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit y San Luis Potosí.

¿Qué pasó en el Congreso de Yucatán?

El caso de Yucatán es una muestra de la resistencia de los estados para legislar en la materia. En abril y julio de 2019, el Congreso del estado votó por medio de cédulas secretas una iniciativa de reforma constitucional local. El argumento fue "velar por la seguridad y el voto libre, sin presión de los legisladores".

Uno a uno, los diputados locales pasaban a colocar la papeleta con su voto en una pequeña urna ante los abucheos y aplausos de los opositores e impulsores de la iniciativa.

En ambas ocasiones la reforma fue rechazada sin dar a conocer públicamente el sentido del voto de las y los legisladores que participaron en la sesión. Lo único que se informó fue el resultado final: 15 votos a favor y nueve en contra, con lo que le cerraron la puerta al matrimonio igualitario.

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Las sesiones en las que la legislatura local rechazó el dictamen coincidieron con un discurso que emitió Xavier Bettel, primer ministro de Luxemburgo, en su visita al Congreso de la Unión en abril de 2019:

"La homosexualidad no es una elección, (pero) la homofobia sí (...). Como legisladores están para ver la realidad, y que vean que las sociedades son más avanzadas de lo que creen", dijo el líder europeo a los legisladores mexicanos.

¿Qué resolvió la Corte sobre Yucatán?

La Suprema Corte informó este miércoles su fallo sobre la votación de 2019. En un comunicado, indicó que el sistema de votación empleado en la discusión y no aprobación de la reforma en Yucatán es inconstitucional y viola la libertad de expresión y el derecho al acceso a la información.

"La Primera Sala concluyó que haber usado el sistema de cédulas secretas, sin haber justificado razonablemente su aplicación, transgrede por sí mismo los derechos a la libertad de expresión en su vertiente política, acceso a la información en su vertiente colectiva, y participación activa en los asuntos públicos del estado de las personas solicitantes de amparo", señaló.

La Sala explicó que el artículo 106 del Reglamento de la Ley de Gobierno del Poder Legislativo de Yucatán dispone expresamente que las votaciones serán nominales, siempre que se trate de minutas de las reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo tanto, la imposición de una votación por cédulas secretas, con motivo del “Dictamen para reformar la Constitución Política del Estado de Yucatán, con el objetivo de permitir el matrimonio igualitario en la entidad”, es inconstitucional al contravenir la legislación orgánica y reglamentaria del Congreso de la entidad.

"Por un lado se contraviene la obligación del Poder Legislativo de implementar mecanismos de transparencia, en tanto que se priva a los gobernados de conocer el sentido de la votación emitida, la cual constituye información de carácter público a la que los gobernados tienen derecho de acceder y que es necesaria para la formación razonada de una opinión pública, así como para la toma de decisiones político-electorales informadas", enfatizó la Corte.

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Por ello, la Primera Sala instruye al Congreso de Yucatán dejar sin efectos la votación secreta y reponer el procedimiento legislativo sobre el matrimonio igualitario.

Es decir que el dictamen deberá volver a ser sometido a consideración de las y los legisladores del Congreso de Yucatán para su votación de forma pública y nominal.

Esta resolución fue propuesta por los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Juan Luis González Alcántara Carrancá, y fue aprobada por unanimidad de votos en la Primera Sala.

El fallo de la Corte coincidió con el aval de una nueva iniciativa en materia de matrimonio igualitario por parte de la Comisión Permanente de Puntos Constitucionales y Gobernación del Congreso de Yucatán.

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