Además, se incorpora la posibilidad de que el INE suscriba convenios con la Secretaría de Hacienda para, a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), “prevenir, detectar y sancionar el uso de recursos públicos” que pudieran destinar dependencias federales, estatales o municipales para la recolección de firmas de apoyo ciudadano para el proceso de revocación de mandato.
La iniciativa del líder de los senadores de Morena fue turnada a comisiones del Senado, en tanto que otra que existía, propuesta por el Revolucionario Institucional (PRI), fue retirada.
El documento retoma el contenido ya previsto en 7 artículos de la Constitución, reformados en el 2019, para que por primera vez pueda preguntarse a los ciudadanos “¿Está de acuerdo con que se concluya de manera anticipada el desempeño del cargo de la persona titular de la presidencia de la República, a partir de la pérdida de confianza?”.
De acuerdo con lo establecido, la revocación de mandato del presidente podrán solicitarla el 3% de los ciudadanos en el Listado Nominal de Electores, aproximadamente 2.8 millones de personas.
El INE deberá verificar que los apoyos reunidos cumplan los requisitos –que los firmantes estén en la lista de electores, estén distribuidos en 17 entidades del país y representen el 3% de las listas nominales en cada estado-. Solo serán válidos los formatos que el Instituto emita, mientras que para recabar firmas podrá usarse la aplicación creada por el organismo.
Para que sea válido un ejercicio de revocación de mandato se requerirá que vayan a las urnas el 40% del listado nominal de electores, es decir, 37.2 millones de ciudadanos. El resultado será válido si la mitad más uno apoyan o no la revocación
De aplicarse en el presente sexenio, la recolección de firmas para solicitar ese mecanismo debería comenzar en noviembre próximo y se extendería hasta el 15 de diciembre de 2021.