INE buscaba frenar entrega de tarjetas
En 2017, el caso de la entrega de tarjetas llegó al INE y luego al Tribunal Electoral. Al final, los magistrados resolvieron, por unanimidad, que el Instituto se excedió en sus atribuciones reglamentarias, eso, luego de que el PRI, junto con su aliado, el Verde Ecologista recurrieron por vez primera a esa estrategia durante las campañas electorales en estado de México y Coahuila, donde se repartió la “tarjeta rosa” y los monederos electrónicos, respectivamente.
El criterio avalado por unanimidad fue que “el gasto erogado de tarjetas, sí constituyo propaganda electoral y, por ende, el financiamiento que se dispuso para el gasto de campaña, sí se destinó a un fin legalmente permitido”.
A tres años de esa resolución, la lectura que el consejero Ciro Murayama da es que “la mera entrega de cartoncillos o de plásticos, si no tiene dinero, bienes o servicios detrás, no es en sí ilegal, es una propaganda que nos puede parecer de mal gusto, pero la autoridad jurisdiccional la permitió”.
Ello, acotó el también presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE: “mientras no haya dádivas, los meros cartoncillos son propaganda, si se quiere de mal gusto, pero no son violatorios de la legalidad".
el INE, incluyó en el artículo 143 del reglamento que, durante los procesos electorales, los partidos políticos, los aspirantes, los precandidatos, candidatos independientes y los candidatos “están impedidos para entregar por sí o por interpósita persona, cualquier tarjeta, volante, díptico, tríptico, plástico”.
Advirtió que la contravención a esta disposición se considerará como un gasto sin objeto partidista, o bien, no vinculado a actividades para la obtención de apoyo ciudadano o del voto.
La medida del árbitro se daba en sintonía con lo que establece el artículo 7º de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), que señala que: “El voto es universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible. Quedan prohibidos los actos que generen presión o coacción a los electores”.
Sin embargo, a decir de la entonces consejera del INE, Pamela San Martín, la decisión del Tribunal “abrió la puerta” al reparto masivo de tarjetas y a la coacción del voto.
San Martín Ríos y Valles cuestionó que, con su criterio, la Sala Superior impida al árbitro de la contienda generar reglas claras para marcar qué está permitido y qué está prohibido durante una elección, en aras de adoptar medidas preventivas.
Esa postura también fue respaldada por el ahora exconsejero Benito Nacif al argumentar que ese tipo de tarjetas sí era violatorio de la ley, sin embargo, para el TEPJF constituían “un medio de propaganda para presentar una plataforma y un programa de gobierno que no compromete, no presiona, no coacciona al votante”.