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¿Qué sigue para la consulta popular sobre expresidentes?

Con una modificación, la SCJN declaró constitucional la consulta propuesta por López Obrador para decidir se lleva ante la justicia a sus antecesores, pero ¿qué sigue para llevarla acabo?
vie 02 octubre 2020 02:55 PM
consulta juicio expresidentes
La Suprema Corte avaló la constitucionalidad de la consulta con la que se busca enjuiciar a los últimos 5 expresidentes de México.

Ahora que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la constitucionalidad de la consulta popular por la que se busca llevar a juicio a los últimos cinco expresidentes de México, este ejercicio promovido por el mandatario Andrés Manuel López Obrador está cada vez más cerca.

Pero todavía faltan pasos por completar antes definir cuándo y cómo se llevará a cabo. Aquí te decimos los requisitos que establece la Ley Federal de Consulta Popular y otros detalles sobre este ejercicio.

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Primero, ¿qué resolvió la Corte sobre la consulta?

En la sesión del jueves, los magistrados aprobaron la constitucionalidad de la consulta, pero hicieron modificaciones a la pregunta que se planteará ante la ciudadanía, a fin de evitar que esta condicione los derechos de los cinco expresidentes.

En la propuesta que el Senado envió a la Suprema Corte, se mencionaba a los exmandatarios Carlos Salinas de Gortari (1988-1994), Ernesto Zedillo (1994-2000), Fox (2000-2006), Calderón (2006-2012) y Enrique Peña Nieto (2012-2018). Pero esto violaba el principio de presunción de inocencia, por lo que el máximo tribunal resolvió que la pregunta fuera la siguiente:

"¿Estás de acuerdo en que se lleven a cabo acciones con apego al marco legal para esclarecer las decisiones políticas tomadas en el pasado por los actores políticos y garantizar la justicia y derechos de las posibles víctimas?".

¿Qué se hace con esta resolución?

La Corte notificó al Senado de la República —que fue la Cámara que envió la propuesta sometida a discusión— sobre su resolución y modificaciones, tal como establece la Ley Federal de Consulta Popular.

Al reconocer la constitucionalidad de la consulta, el Senado no podrá hacer modificaciones a la pregunta contenida en la resolución de la SCJN.

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Después, el presidente de la Mesa Directiva del Senado se encarga de publicar la resolución en la Gaceta Parlamentaria y turnarla a la Comisión de Gobernación y, en su caso, a las comisiones que correspondan, según la materia de la petición, para su análisis y dictamen.

El dictamen de la petición deberá ser aprobado por la mayoría de cada Cámara del Congreso (Senadores y Diputados); de lo contrario, será archivada como "asunto total y definitivamente concluido".

Pero si el dictamen es aprobado por el Congreso, este deberá expedir la convocatoria de la consulta popular mediante un decreto que se publicará en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y se le notificará al Instituto Nacional Electoral (INE).

¿Quién puede promover una consulta popular?

La Ley de Consulta Popular señala que podrán solicitar este ejercicio el presidente de la República, que en este caso el Senado fue quien llevó la propuesta de López Obrador; también el equivalente al 33% de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso; o los ciudadanos en un número equivalente, al menos, al 2% de los inscritos en la lista nominal de electores.

El INE inició esta semana la revisión de firmas de otras solicitudes que fueron presentadas por la ciudadanía; el conteo y análisis debe completarse en un plazo de 30 días naturales.

Si el Instituto confirma la validez de 1 millón 800,000 firmas ciudadanas, que son las que establece la ley, la propuesta de consulta se turnará una vez más a la Cámara y esta deberá llevarla a la Corte para que emita un fallo sobre su constitucionalidad.

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¿Quién realizaría la consulta popular?

En términos de ley, y si dicho dictamen es aprobado por el Congreso, el INE será el encargado de la organización y desarrollo de la consulta popular.

La Constitución Política señala que las consultas deben realizarse el primer domingo del mes de agosto, lo que significa que en 2021, si el dictamen es avalado, los mexicanos serán convocados a las urnas en dos ocasiones: el 6 de junio para las elecciones y, dos meses después, para la consulta sobre expresidentes.

En entrevista radiofónica , el consejero Ciro Murayama expuso que la ley no contempla términos para la organización o las reglas de instalación de casillas, lo que representa un obstáculo para el INE, además de que no se tiene un presupuesto para la realización de la consulta.

"Para el proceso electoral 2021 se prevé la instalación de 164,500 casillas y más de un millón de ciudadanos que serán funcionarios de casilla (...) En el caso de la consulta, habrá que definir cuántos electores se pueden convocar por casilla y, en función de eso, determinar el número de casillas", explicó.

Murayama indicó que tan solo la instalación de las casillas para las elecciones cuesta alrededor de 8,000 millones de pesos, que es el presupuesto que se pidió al Congreso para el próximo año, pero, dijo, no hay una partida como tal para la consulta popular.

"Tenemos que hacer los cálculos y análisis técnicos de cuáles son las condiciones onerosas, pero de que se requieren recursos, pues sí (...) Va a ser difícil hacerlo, porque estamos hablando de un país muy grande, son 95 millones de electores y garantizar los derechos políticos de los electores requiere de una inversión", agregó.

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