"El Código Penal local supone una barrera discriminatoria al acceso a la salud en condiciones de igualdad. En principio, porque es un tipo penal que solo recae en las mujeres por sus condiciones físicas y biológicas, y la sanción funge como un obstáculo para el acceso a servicios de salud seguros, que les permitan alcanzar el bienestar físico, mental, emocional y social, apreciado con perspectiva de género", señala el proyecto del ministro González Alcántara Carrancá.
¿Por qué es una "oportunidad histórica"?
Para organizaciones civiles como el Grupo de Información Elegida (GIRE), la discusión de este tema en la SCJN es un "oportunidad histórica" para establecer una normatividad que erradique la violación de los derechos de las mujeres.
Además, con una sentencia favorable, se podría obligar a otros estados a reformar su marco jurídico por una salud reproductiva no discriminatoria.
En tanto, la organización Ipas coincidió en que, como expone el proyecto, la despenalización del aborto es una obligación de los estados no solo para garantizar los derechos humanos, sexuales y reproductivos de las mujeres, sino para prevenir violencia hacia ellas.
Mientras tanto, organizaciones pro vida, como la Red Familia, piden al máximo tribunal del país desechar el proyecto, al considerar que se extralimita y falla en sus interpretaciones sobre discriminación y violencia a la mujer.
"El derecho a la vida es el primer derecho que se debe garantizar a todo ser humano, en toda etapa y circunstancia, sin discriminación. Lo que sí es discriminación es destruir, en el seno materno, la vida de los niños y niñas por nacer", señaló la red en un comunicado.