Te contamos lo que sí y no pueden hacer los policías durante las marchas feministas:
Lo que SÍ pueden hacer:
1. Realizar detenciones, aunque solo bajo los supuestos de que durante la manifestación una persona haya cometido algún delito o falta administrativa flagrante.
2. Las detenciones deberán ser registradas en medios electrónicos audiovisuales que serán accesibles por los medios que establezcan las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales
3. Los policías se encargarán de hacer un registro fotográfico y video durante la manifestación.
4. La policía tiene que garantizar la seguridad e integridad física de las defensoras de los derechos humanos, de los representantes de los medios de comunicación, de los integrantes de las brigadas violetas de la Secretaría de las Mujeres, así como del personal de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México.
5. Deben actuar con perspectiva de género, interviniendo para canalizar a diversas instancias en donde puedan, incluso, expresar los motivos de la manifestación y solicitar que las quejas o demandas sean atendidas por las autoridades.
6. Deben priorizar el diálogo y actuar bajo la sensibilización, con previo conocimiento del origen feminista.
7. En todo momento deben garantizar el derecho a la libre manifestación.
8. Además, para minimizar los daños materiales y afectaciones que se puedan hacer en las manifestaciones, los Policías de la Secretaría de Seguridad podrán implementar las acciones siguientes:
- Limitar o restringir la circulación vehicular en las vialidades que pudieran resultar afectadas, estableciendo rutas alternas para que circule el tránsito.
- Establecer medidas de protección de bienes e instalaciones del dominio público con la finalidad de evitar que sean vandalizados o destruidos por las personas manifestantes.
- Ordenar la intervención de quienes son agentes cuando, durante la manifestación, se ponga en riesgo la integridad, derechos y bienes de las personas, las libertades o cuando se realicen acciones violentas, sin que se transgreda los derechos de las personas manifestantes.
9. Aunque durante las marchas los policías tienen permitido estar presentes, deben tener una distancia razonable de los contingentes.