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¿Se puede grabar a una persona sin su consentimiento en México?

Tomar una foto, video o audio de una persona sin su permiso es fácil gracias a los celulares y otros dispositivo, sin embargo, tiene implicaciones legales. Esto dicen las leyes en México.
jue 09 diciembre 2021 05:14 PM
¿Es legal grabar a una persona sin su consentimiento en México? (imagen conceptual con una mujer grabando con su teléfono celular)
Hacer un video, una fotografía o tomar un audio de una persona puede o no ser delito, según la circunstancia, edad, cuál sea el fin de obtener ese material y el lugar en donde el individuo se encuentre.

Grabar a otra persona sin su consentimiento y difundir el video en redes sociales puede parecer sencillo, pues muchas personas cuentan con un celular con cámara. No obstante, hacerlo sin conocer qué está permitido y qué prohíbe la ley puede crear problemas. ¿Es legal en México?

Hacer un video, fotografía o audio de una persona puede o no ser delito, según la circunstancia, edad, fin de tomar ese material y el lugar en donde el individuo se encuentre: en la Ciudad de México o Jalisco, por ejemplo.

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En México, la Constitución federal no indica de forma directa si está permitido grabar o no a una persona sin su consentimiento, sin embargo reconoce el derecho a la información en su Artículo 6, donde establece que “toda persona tiene derecho a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir o difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión".

Además, se considera inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas a través de cualquier medio, según el Artículo 7.

¿Se puede grabar una conversación sin consentimiento?

En cuanto a la privacidad de las conversaciones, la Carta Magna señala en su Artículo 16 que todas las comunicaciones privadas son inviolables y será sancionado de forma penal cualquier atentado, excepto cuando una de las personas que participa las aporte de manera voluntaria.

¿Puedes tomar foto o video de alguien sin su permiso?

La Ley Federal del Derecho de Autor señala que no se necesita de consentimiento para difundir una fotografía cuando la persona forma parte menor de un conjunto más grande y en el caso de que sea tomada en un lugar público -como la calle o una plaza-, con fines informativos o periodísticos.

En el caso de los supermercados y centros comerciales, estos son establecimientos privados abiertos al público, por lo cual cada uno puede establecer un reglamento respecto a si se permite o no grabar o tomar imágenes en su interior, o si se requiere de un permiso.

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¿En qué estados es legal grabar a una persona sin su consentimiento?

Mientras a nivel federal se protegen los derechos a la información y la libre expresión, los estados regulan de forma diferente en qué casos es legal grabar a alguien.

En el Estado de México, por ejemplo, se considera como parte de los derechos de las personas físicas y colectivas “el respeto a la reproducción de su imagen y voz”, según el Artículo 2.5 de su Código Civil.

Jalisco es una de las entidades con la legislación más clara en su Código Civil: el exhibir o reproducir la imagen, voz o ambas de una persona sin su consentimiento y sin un fin lícito, se considera como una violación a los derechos de la personalidad, indica el Artículo 31.

La excepción es cuando se trata de una persona que es servidora pública en ejercicio o con motivo de su encargo.

Para el caso de Quintana Roo, una autoridad judicial puede ordenar que se suspenda la imagen, reproducción o exhibición de la imagen de una persona cuando se realice sin un fin lícito, bajo el Artículo 674 del Código Civil. Esto también aplica en el caso de la imagen de un cónyuge o familiares hasta de un cuarto grado.

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¿Qué dicen las leyes en la Ciudad de México sobre grabar a otra persona?

En la Ciudad de México toda persona tiene derecho a su propia imagen, por lo que puede autorizar o no que sea captada o difundida. Si alguien lo realiza sin su consentimiento, estaría incurriendo en un ilícito, de acuerdo con la Ley de Responsabilidad Civil del DF.

No se requiere de consentimiento cuando la reproducción de la imagen de una persona se justifique por la notoriedad del individuo, en caso de que sea funcionario público o se haga en relación con hechos, acontecimientos o ceremonias de interés público, así como cuando ocurra en un lugar público y tengan interés público, según el Artículo 19.

¿Puedo grabar a un niño o adolescente en la CDMX?

En la capital, se considera como una violación a la intimidad de niños, niñas o adolescentes cualquier manejo directo de su imagen, nombre, datos personales o referencias en cualquier medio de comunicación que permita su identificación, menoscabe su dignidad, honra o reputación, sea contrario a sus derechos o los ponga en riesgo, detalla el Artículo 79 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México.

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