Aunque el secretario de Gobierno de Nuevo León, Manuel Florentino González Flores, también está implicado en el caso, pues la recolección de firmas se llevó a cabo durante su administración como interino, la Sala Superior respaldó que los legisladores locales deben agotar el procedimiento.
"En el caso del secretario de Gobierno, Manuel Florentino González Flores, debía igualmente agotar el procedimiento, imponer la sanción respectiva y, en ese caso, ejecutarla", señaló el Tribunal.
Sin embargo, esto no exime a González Flores de una sanción, pues la Sala Superior declaró infundado el argumento de que el proceso está detenido tanto en la Suprema Corte como en el Tribunal de Justicia Administrativa del estado a causa del COVID-19, y que por tanto no se pueden imponer sanciones.
Esto luego de que el secretario de Gobierno de Nuevo León interpusiera dos recursos ante dichos organismos para frenar las sanciones en contra suya y de Rodríguez Calderón.
"González Flores argumentó que se violó la suspensión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sin embargo, se consideró inatendible el planteamiento al no ser de la competencia de este órgano judicial, puesto que la autoridad competente para realizar tal pronunciamiento sería el pleno de la Corte.