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Yucatán sancionará a enfermos de COVID-19 que no acaten aislamiento

El gobernador Mauricio Vila dijo este lunes que las sanciones no son nuevas pues ya se contemplan en el Código Penal y la Ley de Salud estatal.
lun 30 marzo 2020 10:26 AM
Mauricio Vila
El gobernador aclaró que estas sanciones solo aplicarán a las personas que ya hayan sido diagnosticadas con COVID.-19 y no respeten el aislamiento en casa.

Tal y como establece el Código Penal y La Ley de Salud de Yucatán, las personas que hayan sido diagnosticadas con coronavirus COVID-19 y no acaten el aislamiento en casa para evitar el contagio podrían recibir un "castigo" de hasta 3 años de cárcel y además podrán ser acreedores a una multa de hasta 86,800 pesos.

El gobernador de Yucatán, Mauricio Vila, precisó este lunes que esta medida no aplicará para toda la población sino únicamente a las personas que hayan recibido un resultado positivo de la prueba confirmatoria de este virus, que hasta la noche del lunes ha causado 20 decesos y 993 contagios en todo el país.

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"En Yucatán el Código Penal en su Artículo 189 contempla una sanción para quienes tengan un diagnóstico de una enfermedad de transmisión que no acaten las medidas de aislamiento ya establecidas; entonces, lo único que estamos haciendo es recordarle a la gente que este artículo existe y quienes tengan ya una confirmación de que son positivos al COVID-19 y no acaten las medidas de aislamiento pueden hacerse susceptibles de las sanciones que establece este artículo y la Ley de salud de Yucatán", dijo Vila en entrevista para Radio Fórmula.

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La tarde del domingo, Mauricio Vila publicó en su cuenta de Twitter que su gobierno no permitirá "que la salud de la población yucateca se ponga en riesgo” por lo que a la persona que haya sido diagnosticada con el Coronavirus y no acate las medidas de aislamiento para evitar el contagio, se le podrá imponer un castigo de hasta 3 años de cárcel y además podrá ser acreedora a una multa de hasta 86,800 pesos.

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El Artículo 189 del Código Penal del estado establece respecto a delitos contra la salud pública lo siguiente:

"A quien sabiendo que está enfermo de un mal venéreo o de alguna enfermedad grave, transmisible en período infectante y de manera dolosa tenga cópula o por cualquier otro medio directo ponga en peligro de contagio la salud de otras personas, se le impondrá prisión de tres meses a tres años y además podrá ser recluido en un hospital. Si la enfermedad contagiosa fuere incurable, se impondrá la sanción de tres meses a ocho años de prisión y si esta es mortal la sanción podrá ser hasta de quince años. Cuando se trate de cónyuges, concubinarios o concubinas, solo podrá procederse por querella del ofendido".

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La semana pasada, el gobierno de Chihuahua también decretó que las personas que se infecten con este virus o tengan síntomas y que no acaten la instrucción de permanecer en cuarentena incurrirán en el delito denominado "peligro de contagio", por el que podrían ser acreedoras a una sanción de prisión de seis meses a cuatro años y de 50 a 300 días de multa.

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