El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia de la Sala Regional Especializada en la que determinó la inexistencia de actos anticipados de precampaña y campaña, derivado de la conformación del llamado Movimiento Nacional Ebradorista, en pro del excanciller Marcelo Ebrard.
Además, otorgó a la Sala Regional Especializada un plazo de 72 horas para determinar si devuelve o no el expediente a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral (INE) y, de ser positiva su respuesta, ésta tendrá diez días para emitir una nueva resolución.