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Con “lupa”, fedatarios del INE fiscalizan a aspirates de Morena y el Frente

Sobre los espectaculares, el dirigente de Morena, Mario Delgado, ha deslindado a los aspirantes y señala a los “queda bien” de haberlos contratado; en el Frente, aún no se ha detectado propaganda.
vie 21 julio 2023 11:59 PM
Espectaculares de las corcholatas
Los anuncios espectaculares y bardas son contabilizados por el INE para acreditarlos a los aspirantes.

Fedatarios del Instituto Nacional Electoral (INE) recorren el país para constatar la ubicación, el costo y la temporalidad de los espectaculares que han sido colocados en apoyo a las llamadas “corcholatas” de Morena y los que se pudieran registrar de algún aspirante del Frente Amplio.

Para ello, desde el pasado 7 de julio, la Comisión de Fiscalización del INE dio “luz verde” a la Unidad Técnica de Fiscalización para iniciar los monitoreos o visitas de verificación en aras de identificar actos y propaganda de los aspirantes.

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“Se instruye a la Unidad Técnica de Fiscalización realizar los procedimientos de campo consistentes en monitoreos o visitas de verificación para identificar actos y propaganda realizados por sujetos obligados o personas vinculadas independientemente de la denominación que se les dé en los ámbitos federal y local”, indica el proyecto.

“Los resultados de los monitoreos y las visitas de verificación serán determinados en el dictamen y la resolución que en su momento proponga la Unidad a la Comisión esto respecto de las irregularidades encontradas en la revisión de los informes del periodo al que sean vinculados, ya sea precampaña, apoyo de la ciudadanía o campaña”, refiere el texto de 36 cuartillas.

Dichos procedimientos de campo se llevarán a cabo con el propósito de recabar datos e indicios que permitan realizar un análisis objetivo, basado en evidencia para determinar el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de fiscalización.

“Ahora, lo que le corresponde al INE es hacer una investigación y, a partir de ello, juntar todos los datos. Ese expediente se lo va mandar a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para que sea ella la que resuelva si hay o no infracción (a la ley electoral)”, dice en entrevista la consejera Claudia Zavala.

Por su parte, el consejero Jaime Rivera va más allá y asegura que “es poco creíble que esa propaganda (espectaculares en vía pública) que implica gastos y que además responde a ciertos patrones de diseño gráfico y formas de presentación, pudieran ser espontáneos”.

Ambos consejeros recuerdan a los aspirantes a la coordinación nacional de los Comités de la Cuarta Transformación y a quienes buscan encabezar la construcción del Frente Amplio por México (FAM), que no pueden hacer llamados al voto, ni deben buscar el respaldo para ser postulados por un cargo de elección o difundir propaganda, entre otros.

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Las quejas por los espectaculares se acumulan

Las denuncias sobre la colocación de cientos de espectaculares que promocionan a los aspirantes de Morena por todo el país prendieron las alertas del INE, por lo que se instruyó a los fedatarios de ese instituto a revisar con “lupa” la ubicación, costo y permanencia de cada anuncio.

De acuerdo a cifras del INE, antes de que la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum; el canciller Marcelo Ebrard; el secretario de Gobernación, Adán Augusto López y el senador Ricardo Monreal se apartaran del cargo, la Comisión de Quejas tenía 230 denuncias sobre pinta de bardas, espectaculares y uso indebido de recursos públicos.

Pero, una vez que dejaron su encomienda, las quejas suman cerca de 700 y son por actos anticipados de precampaña y campaña al 2024, particularmente por la colocación de espectaculares con la imagen de los aspirantes, a través de la “promoción” de revistas.

El PRD también ha denunciado a las “corcholatas”, por lo que suma ya un total de 38 quejas contra ellas por vulneración a la ley electoral, derivado de la colocación de los espectaculares, pinta de bardas, actos anticipados de precampaña y campaña.

Movimiento Ciudadano (MC) tampoco ha dejado pasar irregularidades a la ley electoral, por lo que ha interpuesto más de medio centenar de denuncias contra las “corcholatas” presidenciales de Morena por promoción personalizada en bardas y espectaculares, y otra más por actos anticipados de precampaña y campaña en más de 20 entidades federativas.

En la “contramañanera” del 13 de julio, la vicecoordinadora del PAN en el Senado, Kenia López Rabadán también se sumó a las quejas e informó que presentó una querella ante al INE para que se retiren todos los espectaculares de las “corcholatas”, además demandó frenar los actos anticipados de precampaña y campaña.

“Con fundamento en los artículos 1, 8, 17, 35, 41 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás relativos, acudo a presentar escrito por el que se presente queja en contra de Claudia Sheinbaum Pardo, Marcelo Ebrard Casaubón y Adán Augusto López Hernández, por el despliegue de propaganda electoral ilegal”, se destacó en la denuncia que dirigió a la consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala.

Queja de Kenia López
La senadora presentó su queja dirigida a la consejera presidenta del INE.

Sin embargo, el INE no solo ha recibido quejas de partidos, legisladores, actores políticos y ciudadanos, sino que los propios aspirantes a la coordinación nacional de los Comités de la Cuarta Transformación como Monreal Ávila y el diputado con licencia Gerardo Fernández Noroña, quienes han denunciado públicamente, ese tipo de prácticas.

El senador con licencia Monreal Ávila se quejó de que en 16 estados del país que lleva recorridos ha contabilizado 964 espectaculares en apoyo a López Hernández, Sheinbaum, Ebrard y hasta, Manuel Velasco, exgobernador de Chiapas.

“De los 964 (espectaculares y bardas), la mayor cantidad la tiene Adán (Augusto López), le sigue Claudia (Sheinbaum), luego Marcelo (Ebrard); (el exgobernador de Chiapas, Manuel) Velasco está incrementando el número de espectaculares”, dijo en rueda de prensa.

En Chalco, Estado de México, Fernández Noroña acusó que existe un “derroche millonario” en espectaculares de los demás contendientes, particularmente del extitular de Segob.

“Es que es uno tras otro, los espectaculares de Adán Augusto (López Hernández). Compañero y amigo, no tengo ningún problema con él, pero está mal, es incorrecto”, enfatizó.

Mario Delgado, líder nacional de Morena ha deslindado a los aspirantes del partido de la colocación y/o contratación de dichos espectaculares y ha acusado a los “queda bien” de haber pagado por ellos.

“Sabemos que siempre hay 'los queda bien' que, por tratar de ayudar, terminan perjudicando a su aspirante favorito. Por lo tanto, ahí la responsabilidad no es del partido, también es de los aspirantes en poner orden. "Nosotros les creemos a ellos, no tendríamos por qué dudar de su palabra”, argumentó.

Incluso, el presidente Andrés Manuel López Obrador les ha solicitado en más de una ocasión que no incurran en esas prácticas.

“Van a hacer lo que está haciendo Claudio X González, no sé si están contratando (anuncios espectaculares), pero si lo están haciendo, yo creo que no estarían actuando considerablemente”, dijo en su conferencia matutina del 12 de julio.

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Legisladores morenistas enseñan el camino para darle la vuelta a la ley

Desde el 27 de diciembre del 2022, en un abierto desafío a la Ley General de Comunicación Social y a las restricciones en materia de propaganda, un grupo de legisladores federales de Morena, se atribuyeron haber pagado la difusión de carteles con la silueta de Claudia Sheinbaum, dijeron que lo hicieron en "ejercicio de su libertad de expresión". Sin embargo, los espectaculares datan de meses atrás.

Los diputados federales Aleida Alavez, Miguel Torruco y Patricia Armendáriz, entre otros, se acreditaron la promoción de la jefa de Gobierno de la CDMX y acusaron al INE de censura.

Los espectaculares que contenían la silueta de una mujer que aparentemente era el perfil de la otrora jefa de gobierno y una imagen representativa de la entidad, aparecieron en distintas ciudades del país el 24 de diciembre del 2022. Al final, fueron retirados, pero abrieron camino a nuevos anuncios.

Sheinbaum se deslindó de la colocación de los anuncios e informó que comunicó de ello al órgano electoral, pues se trataba de expresiones hechas por ciudadanos.

“Ya lo informé al INE. Ya nos deslindamos desde entonces y pues son personas que deciden organizarse y los suben, pero no, de ninguna manera es algo que nosotros estemos promoviendo”, dijo.

es-claudia-prd
CIUDAD DE MÉXICO, 20JUNIO2022.- El grupo parlamentario del PAN en el congreso capitalino emitió una denuncia ante las autoridades electorales en contra de la jefa de gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, por realizar campaña política anticipada al registrarse bardas pintadas en la Central de Abasto con la leyenda "Pará que Continúe la Transformación #EsClaudia". FOTO: DANIEL AUGUSTO /CUARTOSCURO.COM

¿Cómo se contabilizan los espectaculares?

El INE cuenta con el Sistema Integral de Monitoreo de Espectaculares y Medios Impresos (SIMEI), que contribuye a detectar anuncios espectaculares colocados en la vía pública.

Además, facilita la búsqueda de publicidad y propaganda en medios impresos de circulación nacional y local, para cotejar con los reportes que presentan los aspirantes, precandidatos, candidatos independientes, así como candidatos de partidos políticos y coaliciones.

Aunque el SIMEI no proporciona costos de los espectaculares, sí se encarga de contabilizar el número de éstos. El precio va en relación a su tamaño y su ubicación, pues bien puede ser una calle, avenida principal y/o el periférico.

“El costo de los espectaculares varía mucho dependiendo de la entidad, la zona y también la ubicación ya sea en avenidas primarias o de menos circulación, pero van de 24,000 a 34,000 pesos mensuales”, asegura el consejero Rivera Velázquez y agrega:

“…hay campañas de propaganda, de proselitismo personalizado de los que casi todos niegan autoría, pero es poco creíble, francamente”.

Claudia Zavala recuerda que los contratos de los espectaculares tienen una periodicidad.

“Lo que hace la Unidad es sacar promedios de costo y siempre va a tener el parámetro más alto, el más bajo, los intermedios y, para efectos de evaluación se toma el valor más alto porque debe ser inhibitorio… no es un libro escrito, sino que se toman varios elementos, incluso el tiempo en que se contrata”, explica.

Así, en un ejercicio matemático, si tomamos en cuenta que el senador Monreal ha contabilizado cerca de 1,000 espectaculares durante sus recorridos y suponiendo que cada uno de ellos tuvo un costo de 24,000 mil pesos mensuales, se tendría que pagar 24 millones de pesos por su colocación durante ese lapso.

Ahora, si el costo fuera de 34,000 mil pesos mensuales, la cifra se elevaría a 34 millones de pesos.

Para el proceso interno, Morena fijo un tope de 5,000,000 de pesos para cada uno de los seis aspirantes. Lo que implica, que en un mes de contratación de espectaculares, sus recursos se hubieran agotado.

Lo cierto es que los espectaculares se han vuelto un tema de debate al ser considerados como presuntos actos anticipados de precampaña y campaña rumbo a la contienda electoral 2023-2024.

Fedatarios recorren el país

La consejera Claudia Zavala recuerda que la Oficialía Electoral del INE nació con la reforma electoral de 2014.

“Sí son fedatarios por ley (los que recorren el país). La ley les da fe pública y esta Oficialía trabaja en los distritos, a través de las personas designadas que son parte de las Juntas Distritales. Se les comisionada a ellos y son los que van a los eventos a levantar, con esa fe pública, un acta circunstanciada", explica.

Rivera lamenta, sin embargo, que “ahorita es materialmente imposible que tengamos un monitoreo exhaustivo. Es imposible, meramente indicativo de algo (que) nos puede servir, pero el alcance es menor, inevitablemente”.

Reconoce que el INE se enfrenta ante una situación inédita, de “campañas, propaganda y proselitismo masivas por todo el territorio nacional antes de iniciar el proceso electoral”.

“Los aspirantes a candidatura de Morena hacen asambleas, actos públicos, recorridos, propaganda y propuestas de gobierno. Todo lo que la ley define como precampaña, pero lo hacen fuera del periodo establecido en la ley para precampaña, es decir actúan al margen de las normas”, tuiteó el pasado 29 de junio.

“Con esos elementos y muchas evidencias, la Unidad Técnica de lo Contencioso del INE propuso un proyecto de medidas cautelares para suspender tales actividades. Pero 2 de 3 miembros de la Comisión de Quejas rechazaron el proyecto. El Tribunal Electoral tendrá que resolver el caso”, añadió.

¿Qué es un acta circunstanciada?

Una vez que acuden a constatar la colocación de espectaculares y acuden a los eventos que realizan las "corcholatas", según la agenda que proporcinaron al INE, los fedatarios levantan un acta circunstanciada.

Se trata de un acta en donde se especifica el día, la hora y el lugar donde se llevó a cabo el evento de alguna de las seis personas que han manifestado su interés por buscar la candidatura presidencial de Morena, aunque recientemente se sumaron los actos de quienes aspiran a encabezar el FAM.

“Se describe si hay sillas, si hay templete, qué dice la persona (aspirante); se toma evidencia fotográfica, se toma video y todo se agrega a las actas. Representa el hecho, lo que está pasando en ese momento y eso tendrá que ser presentado al Tribunal Electoral como parte de las pruebas”, a fin que éste determine si hay o no una vulneración a la ley electoral, indica Zavala Pérez.

¿Qué puede hacer el INE?

De acuerdo al consejero Jaime Rivera “los hechos han rebasado lo que está expresamente establecido en la ley y los criterios que han aplicado el INE y el TEPJF”.

“Eso nos obliga tanto al INE como al TEPJF a revisar los criterios que hemos aplicado, porque la formalidad expresa de la ley aplicada o aplicada según criterios del Tribunal, han sido rebasados por los hechos o ha habido quienes le dan la vuelta a la ley o le dan la vuelta a los criterios del TEPJF y simplemente están haciendo precampaña simulada o disimulada, simulando que tiene otros fines”, enfatiza.

Para el también politólogo, “aunque esta actividad de proselitismo tiene muchos visos de lo que la ley definen como actos anticipados de campaña, formalmente no lo ha sido porque no corresponden a un criterio adoptado por el Tribunal de qué debe ocurrir ya empezado el proceso electoral y, por otra parte, correspondería al Tribunal determinar si configuran actos anticipados de campaña o no, cosa que no ha hecho”.

¿Qué dice la ley sobre la colocación de espectaculares?

La regulación entorno a la propaganda gubernamental o de tipo político-electoral vía espectaculares, mantas, panfletos, utilitarios (vasos, sombrillas, playeras) está contemplada en el artículo 134 de la Constitución y en la Ley General de Comunicación Social (LGCS).

El referido artículo constitucional define que la propaganda, “bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres niveles de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social, además de que en ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier persona servidora pública”.

En tanto, la LGCS vigente establece como principio rector de la comunicación la objetividad y la imparcialidad, con el fin de garantizar la equidad en la contienda electoral.

A falta de ley reglamentaria del artículo 134 constitucional –y dado que éste sólo indica qué debe entenderse por propaganda gubernamental y prohíbe la promoción personalizada–, la Sala Superior reguló más específicamente y vía sentencias, el tipo, temporalidad, contenido, modalidades de propaganda gubernamental prohibida.

Dadas esas atribuciones es que definió como propaganda gubernamental la difundida, publicada o suscrita por cualquiera de los poderes federales o estatales, de los municipios, órganos de gobierno de la Ciudad de México, o cualquier otro ente público cuyo contenido esté relacionado con informes, logros de gobierno, avances o desarrollo económico, social, cultural o político, o beneficios y compromisos cumplidos.

Vía sentencias también determinó que está prohibida la promoción personalizada de servidores públicos sin importar si ésta es con recursos públicos o privados.

Así, para analizar quejas electorales, en su caso ordenar el retiro de ese tipo de propaganda y eventualmente determinar si es irregular y proceden sanciones, las autoridades electorales y los tribunales consideran múltiples enfoques.

Por ejemplo, sobre el origen de recursos con los que se elaboró o contrató la publicidad, si son públicos o privados, provenientes de personas físicas o de personas morales; si eventualmente deben sumarse a gastos de precampaña o campaña y si exceden o no los gastos permitidos o bien si en su caso constituyen rebase de tope de campaña o no.

Por temporalidad: si se colocó o no antes de que inicie un proceso electoral o ya iniciado éste y antes de las precampañas o durante las intercampañas, por lo que pudieran ser actos anticipados de campaña. O bien si se difundió durante el periodo de precampaña o de campaña, o incluso durante el periodo de veda electoral.

También se analiza según el contenido: si se difunde la imagen o frases de un funcionario público o no; si se difunden indebidamente o no logros de gobierno, o si se llama al voto antes o durante precampaña, lo que puede ser un acto anticipado de precampaña o campaña.

En términos generales, lo que está prohibido en todos los casos es que la propaganda gubernamental tenga carácter electoral, es decir, no debe dirigirse a influir en las preferencias electorales de la ciudadanía.

En precampañas los aspirantes sólo se pueden dirigir a sus simpatizantes y militantes de sus partidos, no pueden llamar al voto.

Con el fin de garantizar equidad en la contienda sólo se permite la difusión de propaganda gubernamental en periodo de campaña cuando tiene fines educativos, de promoción a la salud o de protección civil, sin difusión de logros de gobierno.

TEPJF pide a INE emitir lineamientos

Apenas este miércoles, la Sala Superior ordenó al INE emitir lineamientos para regular los procesos internos de Morena y aliados, así como del FAM integrado por PAN, PRI y PRD, con base en los siguientes parámetros:

-No se pueden utilizar las prerrogativas de radio y televisión de los partidos políticos para difundir o posicionar estos procesos partidistas ni a las personas que participan en ellos.

-No está permitido el uso de recursos públicos y las personas servidoras públicas deben acatar su deber de neutralidad e imparcialidad.

-Siguen prohibidos los actos anticipados de precampaña y campaña.

-El INE debe definir, conforme a la naturaleza de este tipo de procesos, qué tipo de propaganda está permitida, valorando la permanencia o retiro de la propaganda masiva en espectaculares, vehículos de transporte público y pintas de bardas. Además, debe garantizar el retiro de la propaganda que considere prohibida.

-Se debe implementar una fiscalización especializada para vigilar el origen y destino de los recursos utilizados en estos procesos, contabilizando todas las actividades y propaganda que beneficie o posicione a las personas participantes. El INE deberá emitir un informe con los gastos contabilizados y definir la consecuencia de esta fiscalización.

En la misma línea, pero incluso antes de que le llegara la notificación del Tribunal, el INE aprobó investigar y fiscalizar espectaculares y bardas, así como eventos relacionados con los procesos internos de Morena y el Frente Amplio por México.

Ambas decisiones, la del Tribunal y del INE, apuntan a permitir estos procesos, pero mantener la vigilancia sobre los mismos.

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