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En vilo, la novena reforma electoral en México

La SCJN tiene pendiente determinar la validez de la segunda parte del "Plan B" de reforma electoral de AMLO.
sáb 06 agosto 2022 07:00 AM
AMLO reedita Plan B; su reforma electoral 2024 va dirigida contra el INE y el Tribunal
La reforma electoral del presidente López Obrador se basa en reducir el gasto del sistema mediante modificaciones a 18 artículos constitucionales y siete transitorios.

A lo largo de 45 años, México ha tenido ocho grandes reformas electorales: las de 1977, 1986, 1989-90, 1993, 1994, 1996, la de 2007-2008 y la de 2014. La validez de la novena de estas reformas se encuentra en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que ya invalidó la primera parte del llamado “Plan B” presentado por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Esta primera parte contemplaba reformas a la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas y ahora tiene pendiente determinar la validez de la segunda parte del “Plan B”, que incluye cambios a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley General de Partidos Políticos y una nueva Ley General de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

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Si la Corte da “luz verde” a estos cambios, será la primera vez en que una reforma electoral entra en vigor a meses del inicio del proceso electoral para renovar la presidencia de la República. Habitualmente, estas reformas son avaladas en los primeros tres años de gobierno y son probadas en las elecciones intermedias.

A una sola voz y desde diferentes foros, los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD), así como Movimiento Ciudadano (MC), han rechazado el “Plan B” y presentado diversos recursos ante la Corte.

El pasado 8 de mayo, el Pleno de la Corte invalidó por nueve votos contra dos, la primera parte de ese plan que, entre otras cosas, modificaba el concepto de propaganda gubernamental y establecía que solo podría considerarse como tal aquella adquirida con recursos etiquetados para tal fin.

El ministro Javer Láynez Potisek dio entrada a la controversia constitucional interpuesta por el INE contra la segunda parte del “Plan B” y determinó suspender su aplicación en tanto se resuelve el fondo del asunto.

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El presidente López Obrador ha criticado ambas decisiones y ha advertido que su “Plan C” es ganar en 2024 las curules y escaños suficientes para lograr la aprobación de reformas sin la posibilidad de que la oposición las bloquee.

“…que se tenga mayoría calificada en el Congreso para que se puedan hacer reformas a la Constitución, porque la mayoría simple no permite que haya reformas a la Constitución”, indicó en la conferencia mañanera del pasado 9 de mayo.

Una de sus propuestas sería que los ministros fueran electos por el voto ciudadano: “Que el pueblo elija a los ministros como lo establecía la Constitución liberal de 1857, en la época del presidente (Benito) Juárez, que los ministros los elija el pueblo”.

La nueva presidenta del INE, Guadalupe Taddei, ha asegurado que respetará la decisión que tomó el Consejo General antes de su llegada, es decir, esperar la respuesta de la Corte a las impugnaciones presentadas.

“Pero si el tiempo en que se da la respuesta de la Corte es inoperante para el Instituto lo habremos de hacer saber y habremos de hacer los trámites correspondientes, porque lo que no podemos poder en tela de duda, es la celebración de las elecciones del 2024 con una estructura que garantice el funcionamiento de todos los procedimientos”, dijo el pasado 28 de abril.

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Cronología de las reformas electorales

Las reformas de 1977, 1986, 1989-90, 1993, 1994, 1996, la de 2007-2008 y la de 2014. Según el INE, los principales objetivos de cada reforma han sido los siguientes:

1977

El Gobierno federal expidió la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales (LOPPE), cuya principal aportación fue permitir el ingreso a la vida institucional de fuerzas políticas "no incluidas" y propiciar su representación en los órganos legislativos.

1986
El Congreso de la Unión realizó una reforma constitucional para introducir el criterio de representación proporcional en la integración de la Comisión Federal Electoral.

1989-1990
Como resultado de las reformas realizadas a la Constitución en materia electoral, el Congreso de la Unión expidió el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) y ordena la creación del Instituto Federal Electoral (IFE), con el fin de contar con una institución imparcial que dé certeza, transparencia y legalidad a las elecciones federales.

1993
Mediante la reforma al COFIPE aprobada ese año, el poder Legislativo le otorgó al IFE (hoy INE) diversas atribuciones: declarar la validez de las elecciones de diputados y senadores, expedir constancias de mayoría para los ganadores de estos cargos y establecer topes a los gastos de campaña.

Además, el Congreso de la Unión también le otorgó la facultad de designar al secretario general y a los directores ejecutivos por voto de las dos terceras partes de sus miembros y a propuesta del consejero presidente. Antes, el nombramiento de los directores ejecutivos era competencia del director general.

1994
La reforma electoral aprobada ese año instituyó la figura de "consejeros ciudadanos", personalidades propuestas por las fracciones partidarias en la Cámara de Diputados y electos por el voto de las dos terceras partes de sus miembros sin considerar la profesión o título que poseyeran.

Por su parte, los partidos políticos conservaron un representante con voz, pero sin voto en las decisiones del Consejo General. En este año, el Consejo General del IFE quedó organizado de la siguiente forma:

  • Un presidente del Consejo General (secretario de Gobernación).
  • Seis consejeros ciudadanos.
  • Cuatro consejeros del poder Legislativo.
  • Los representantes de los partidos políticos con registro.

Gracias a esta reforma, los consejeros ciudadanos contaron con la mayoría de votos en el Consejo General del IFE y con ello aumentó su influencia dentro de él, así como en los procesos de toma de decisiones de los órganos de dirección. También se ampliaron las atribuciones de los órganos de dirección del IFE a nivel estatal y distrital.

1996
El Congreso de la Unión realizó una nueva reforma electoral al aprobar la modificación del artículo 41 constitucional, así como un nuevo Cofipe, entre cuyos aspectos más importantes fueron:

  • Se reforzó la autonomía e independencia del IFE al desligar por completo al poder Ejecutivo de su integración y se reservó el voto dentro de los órganos de dirección para los consejeros ciudadanos.
  • Se eliminaron las figuras de director y de secretario general del IFE y se crearon la presidencia del Consejo General y la Secretaría Ejecutiva, así como las comisiones permanentes a cargo de consejeros electorales.

2007-2008
El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales aprobado en ese año por el Congreso de la Unión otorgó al IFE, 53 atribuciones, entre ellas, fortalecer la confianza y la credibilidad de la ciudadanía en las elecciones federales, así como regular el acceso de los partidos políticos y las autoridades electorales a los medios de comunicación.

Además, asegurar condiciones de equidad y civilidad en las campañas electorales, transparentar el proceso de organización y difusión de los resultados electorales, crear la Unidad de Fiscalización.

2014
Esta reforma publicada el 10 de febrero de 2014 rediseñó el régimen electoral mexicano y transformó el IFE en INE con el fin de homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales federales y locales para garantizar altos niveles de calidad en nuestra democracia electoral.

Además de organizar los procesos electorales federales, el INE se coordina con los organismos electorales locales para la organización de los comicios en las entidades federativas.

El Consejo General del INE se compone de 11 ciudadanos elegidos por la Cámara de Diputados. Uno de ellos funge como consejero presidente y los 10 restantes como consejeros electorales.

Entre sus principales funciones está el organizar la elección de los dirigentes de los partidos políticos a petición de estas organizaciones y garantizar que los candidatos independientes tengan acceso a tiempos del Estado en radio y televisión, para que puedan difundir sus campañas.

También, fiscalizar los recursos de los partidos políticos nivel federal y local en forma expedita; es decir, en el transcurso de las campañas y no una vez que terminen.

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