Y es que en agosto del 2021, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la asignación de la diputación federal por el principio de representación proporcional a Óscar Daniel Martínez Terrazas (propietario) y Raymundo Bolaños Azocar (suplente) del Partido Acción Nacional (PAN).
Por mayoría de cuatro votos contra tres, la Sala Superior determinó que ambos candidatos no acreditaron pertenecer a la comunidad indígena de San Juan Tetelcingo, del municipio Tepecoacuilco de Trujano, Guerrero.
Por lo anterior, previo a la verificación de los requisitos de elegibilidad, se determinó asignar a la siguiente posición que se encuentra en la lista del PAN correspondiente a la cuarta circunscripción.
Es decir, a la formula ubicada en la posición diez perteneciente a Ana Laura Valenzuela Sánchez como propietaria y Mariana Beatriz Sabanero Zarzuela como suplente, lo que además tendrá un impacto paritario en la integración final del Congreso de la Unión.
La autoadscripción tiene como finalidad asegurar que la acción afirmativa efectivamente beneficie a las personas a quienes va dirigida, dado que busca evitar que actores políticos abusen de una figura específicamente creada para aumentar la representación de un grupo históricamente excluido.
Es decir, que no se haga un fraude a la ley en perjuicio de quienes, en un Estado democrático, requieren mayor, mejor y real representación política.